El Ministerio exime de evaluación ambiental a decenas de proyectos de plantas fotovoltaicas en la Región de Murcia
El Gobierno central reduce por decreto los trámites en zonas de «sensibilidad baja» para acelerar la implantación de energías renovables
Abaratar el recibo de la luz y reducir la dependencia energética de la Rusia de Putin es una prioridad máxima para el Gobierno central, y ... el motivo del decreto publicado el miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que elimina un requisito importante en la compleja tramitación de las plantas fotovoltaicas: la evaluación ambiental. Unas diligencias farragosas que retrasan las autorizaciones durante meses o incluso años.
Las exigencias ambientales no desaparecen en todos los casos: podrán prescindir de esta obligación las plantas solares de hasta 150 megavatios de potencia situadas en áreas de «sensibilidad baja y moderada», siempre fuera de los espacios protegidos de la Red Natura 2000, de acuerdo con la 'Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables', una guía elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para evitar la instalación de huertos solares en lugares de relevancia para el paisaje o la flora y fauna.
La tercera condición es la longitud de la línea de evacuación hasta conectar con la red eléctrica: el tendido no debe superar los quince kilómetros.
El Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, también incluye los parques eólicos de potencia igual o inferior a 75 MW, aunque no hay instalaciones de este tipo previstas en la Región de Murcia.
Primas rebajadas
El decreto confirma igualmente el recorte a las primas de las renovables avanzado por el Gobierno –los ingresos garantizados desde 2007, para fomentar su instalación–, y que supondrán 1.800 millones este año.
La Administración regional analiza a toda velocidad cómo afectará este decreto a los proyectos en tramitación. En estos momentos hay 208 instalaciones solicitadas en la Comunidad Autónoma, 187 de las cuales dependen directamente del Ejecutivo autónomo:las que tienen una potencia inferior a 50 megavatios. El permiso para el resto es competencia del Estado, y al menos ocho de ellas sí tendrán que someterse a evaluación ambiental, por superar los 150 megavatios de potencia o por afectar a dos comunidades, como una planta solar prevista en Yecla que se extiende también sobre la provincia de Alicante, informa la Delegación del Gobierno.
«Ya estamos estudiando el decreto, que en materia de producción y distribución energética afecta a dos departamentos del Gobierno regional: Energía y Medio Ambiente. Además, debemos analizar su alcance normativo, pues tiene que ver con legislación básica del Estado en materia energética y medioambiental», explican a LA VERDAD fuentes de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, que no pudieron concretar el número de proyectos afectados.
Aplicando únicamente el condicionante del tamaño, los doscientos proyectos con potencia inferior a 150 megavatios podrían verse favorecidos por el previsible acelerón de los trámites, aunque fuentes de la Administración apuntan que algunos de ellos no encajarían en las exigencias del decreto por estar planteados en zonas de importancia para la naturaleza o el paisaje o por contar con largas líneas de evacuación. También es posible que se encuentren en un estado avanzado del procedimiento.
En cualquier caso, sí se prevé que decenas de huertos solares en proyecto podrían acogerse a la simplificación, «sobre todo los que se encuentren en las fases iniciales de tramitación».
Estas nuevas reglas del juego no significan que las plantas fotovoltaicas que se ajusten a la tipología exigida no pasen trámite ambiental alguno: los promotores deberán presentar un informe en el que detallen posibles afecciones a espacios protegidos, biodiversidad, cauces públicos o litoral, generación de residuos, patrimonio cultural, incidencia socioeconómica e incluso interacciones con otros parques solares, eólicos o tendidos eléctricos.
Aunque el tiempo de respuesta por parte del órgano ambiental competente se reduce a diez días y el procedimiento se simplifica notablemente.
Los embalses públicos se abren a los huertos solares flotantes
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha sacado a consulta el real decreto que regula la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico o en embalses y otras infraestructuras de titularidad pública que estén conectadas a las redes de transporte o distribución de energía eléctrica. Se pone en marcha así una de las medidas aprobadas el martes en el plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. En España hay cien embalses sobre los que podrían ubicarse este tipo de instalaciones, y la Confederación Hidrográfica del Segura señala que analizará las propuestas que le lleguen.
«La instalación de estas plantas solares flotantes sobre embalses y otros elementos del dominio público hidráulico supondrá un impulso a la capacidad de generación eléctrica de origen renovable, algo fundamental para acelerar la transición energética y reducir la vulnerabilidad de nuestro país a situaciones excepcionales como la que vivimos hoy», asegura el Ministerio.
La normativa contempla un máximo de tres plantas por embalse, que se otorgarán mediante concesiones temporales con una duración máxima de 25 años. Los interesados deberán tener permiso de conexión a un punto de la red de transporte o distribución de energía eléctrica y presentar estudios sobre el posible impacto de estas placas en la masa de agua.
Además, los organismos de cuenca podrán reclamar al concesionario informes técnicos para valorar los efectos de la instalación sobre el dominio público hidráulico.
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