Las graduaciones universitarias estarán permitidas en la Región, sujetas a las limitaciones de aforo de los recintos
El organizador de cada evento deberá disponer de un protocolo de seguridad frente al virus y nombrar un coodinador Covid-19
LA VERDAD
Miércoles, 2 de junio 2021, 18:20
La Consejería de Salud ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) una nueva regulación para las celebraciones sociales. Este curso si se podrán realizar graduaciones escolares, pero siguiendo un estricto protocolo para mantener las medidas de seguridad contra la Covid-19. Según la Consejería de Educación y Cultura, estas celebraciones solo estarán permitidas para los estudiantes universitarios.
El organizador de cada evento deberá disponer de un protocolo específico de seguridad frente a la transmisión del coronavirus y nombrar un coordinador Covid-19, que será el responsable de aplicar el protocolo, garantizar en todo momento el control del aforo, el respeto a la distancia de seguridad, el uso de mascarillas y el resto de medidas sanitarias aplicables. Durante el transcurso del acto no estará permitido comer, beber y fumar.
El coordinador Covid-19 tendrá la obligación de recoger los datos identificativos de todos los asistentes y trabajadores, con indicación de la mesa que se ocupa. Esta información deberá ser proporcionada a la Dirección General competente en materia de salud pública en caso de que así se solicite. Con estas medidas cambia la resolución de la Consejería de Educación del pasado mes de abril donde se prohibía la celebración de este tipo de ceremonias en centros educativos.
Los aforos dependerán del recinto donde se realice la celebración
Los aforos dependerán del espacio donde se vayan a realizar los actos. Cuando estas celebraciones se desarrollen en espacios o locales privados o tengan una duración superior a cuatro horas la asistencia máxima podrá ser de un máximo de 400 personas si el evento se desarrolla al aire libre y 200 si es en interior, para que se cumpla esta circunstancia el municipio donde tenga lugar el evento debe encontrarse en el nivel 1 de alerta sanitaria. En este caso el aforo máximo permitido es del 75%.
Si el municipio donde se va a celebrar el acto se encuentra en nivel 2, el aforo máximo permitido será de un 50%, el número máximo de asistentes en el interior será 100 y en el exterior 200. El aforo será de 30% si el lugar del evento se encuentra en nivel 3 de alerta sanitaria, en esta situación el número máximo de personas que pueden acudir al evento al aire libre es 100 y en interior 50. Y por último, si el municipio donde se va a realizar la celebración se encuentra en nivel 4 de alerta sanitaria no se podrá realizar el evento.
Los asistentes a las celebraciones posteriores a las graduaciones en relación a la hostelería también deben seguir un protocolo de seguridad. Las celebraciones sociales que por costumbre se realizan con carácter periódico y habitual (aniversarios, cumpleaños, onomásticas, comidas de empresa, graduaciones, etc.) se les aplicará en cada caso las limitaciones que se apliquen a las reuniones de carácter informal.
Los participantes deben estar sentados, existe un número máximo de personas por mesa, obligación de uso de mascarilla excepto para comer y beber y no estará permitido utilizar la pista de baile para su uso habitual. Los organizadores de la celebración deberán proporcionar otra si la que portan los trabajadores u asistentes no es adecuada o se deteriora, prohibición, en su caso, del servicio en barra.