Anulan la condena a un okupa porque investigadores pudieron haberse equivocado de piso
El tribunal de la Audiencia comenta al revocar la sentencia que puede que las alegaciones del denunciado no se correspondan con la verdad, «pero son una posibilidad alternativa a la recogida en la resolución del juzgado»
EFE
Viernes, 24 de mayo 2019, 09:18
La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia de un juzgado de Instrucción de Molina de Segura que condenó a un hombre por ocupar ilegalmente un piso ubicado en Alguazas, propiedad de Bankia, porque, como este alegó en su recurso, no se puede descartar que los investigadores se equivocaran de vivienda.
Este hombre, según se indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, alegó en su defensa que la puerta de la vivienda en la que residía está contigua a la del piso ocupado y que los agentes policiales pudieron sufrir una confusión al no estar ambas rotuladas con la letra correspondiente para diferenciarlas.
El tribunal de la Audiencia comenta al revocar la sentencia que puede que las alegaciones del denunciado no se correspondan con la verdad, «pero son una posibilidad alternativa a la recogida en la resolución del juzgado».
Y añade que esa posibilidad hubiera podido quedar destruida con la práctica de prueba de cargo suficiente, como hubiera sido el llamar a declarar como testigos en el juicio a los guardias civiles que intervinieron en las investigaciones que acabaron con la condena del acusado al pago de una multa de 180 euros por un delito de usurpación.
Esos agentes informaron en su día de que el ocupante del piso, que no acudió a la vista oral, era el denunciado.
El juzgado de Molina de Segura, en la sentencia que ahora se revoca, declaró probado que Bankia adquirió en 2009 la propiedad de la vivienda por la cesión hecha por los anteriores propietarios en pago de unas deudas que mantenían con esta entidad de ahorro.
Y añadía que la Policía Local de Alguazas aseguró que se citó al denunciado en dos ocasiones en ese piso.
La sentencia condenó al ahora apelante al pago de una multa de 180 euros, además de indicarle que debía abandonar el domicilio y que en caso de no hacerlo de forma voluntaria se haría por la fuerza.