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Una mujer ayuda a caminar a una anciana dependiente en una imagen de archivo. LV
Cómo cobrar la prestación por dependencia sin perder la pensión de jubilación

Cómo cobrar la prestación por dependencia sin perder la pensión de jubilación

Se trata de un conjunto de servicios destinados a promover la autonomía personal y brindar atención a quienes se encuentran en situación de dependencia

Ana de Dios

Jueves, 1 de mayo 2025, 11:36

Es un dato que muchos desconocen, pero cobrar la pensión de jubilación no es incompatible con percibir otra prestación. Es cierto que, en muchos casos, es necesario cumplir una serie de requisitos para poder hacerlo. Por ejemplo, en el caso de compatibilizar la pensión de jubilación con la incapacidad permanente, solo es posible en una excepción: no se pueden percibir dos pensiones dentro del mismo régimen de la Seguridad Social.

Este tipo de dudas también pueden surgir respecto a la ayuda de dependencia. La Ley de Dependencia es un marco legal que establece un conjunto de servicios y prestaciones económicas destinados a promover la autonomía personal y brindar atención a quienes se encuentran en situación de dependencia. El objetivo principal de esta normativa es crear un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que coordine la colaboración entre las distintas administraciones públicas y las comunidades autónomas para ofrecer una atención integral a las personas dependientes.

Además, como ocurre en el caso de la incapacidad permanente, existen varios grados de dependencia:

- Dependencia moderada (grado 1): cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

- Dependencia severa (grado 2): cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador, o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

- Gran dependencia (grado 3): cuando la persona necesita ayuda varias veces al día para realizar actividades básicas de la vida diaria y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona, o tiene necesidades de apoyo generalizado.

¿Puedo cobrar una pensión si ya cobro la ayuda por dependencia?

En principio, sí se pueden cobrar ambas. Depende de algunos matices, pero tanto la pensión contributiva como la no contributiva son compatibles con las ayudas económicas para personas dependientes.

La pensión de jubilación no impide el acceso a la protección por dependencia. Sin embargo, su cuantía influye en el importe de las ayudas. Es decir, la ayuda económica por dependencia dependerá del nivel de ingresos del solicitante, incluyendo la pensión que ya esté recibiendo.

¿Es posible trabajar?

Es posible compatibilizar el trabajo con las prestaciones de la Ley de Dependencia en España. No obstante, esta compatibilidad está sujeta a ciertas condiciones y puede variar según la comunidad autónoma.

Es fundamental informar a las autoridades competentes sobre cualquier cambio en la situación laboral para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

Además, las prestaciones económicas de la Ley de Dependencia son incompatibles entre sí y con ciertos servicios del catálogo establecido, salvo excepciones, como los servicios de prevención de situaciones de dependencia, promoción de la autonomía personal y teleasistencia.

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