Impuesto de circulación: último día para pagar y los descuentos que se pueden aplicar
Cada ayuntamiento establece sus propias bonificaciones y un periodo concreto para ingresar la tasa correspondiente
María Ramírez
Jueves, 25 de abril 2024, 12:35
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), más conocido como el 'sello' o impuesto de circulación, es un gravamen que los propietarios de un vehículo a motor deben pagar anualmente para circular por las calles y carreteras de toda España. El importe debe ser abonado por parte del titular y su importe puede variar en función del municipio en el que esté registrada su dirección fiscal.
La cuota atañe a todos aquellos que estén matriculados en el país y no hayan causado baja. Además, también tienen la obligación todos los que estén provistos de permisos temporales y matrícula turística. En el caso de una compraventa, el coste correrá a cargo del propietario que figure en el permiso de circulación a fecha del 1 de enero del año de venta.
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Por el contrario, hay distintos grupos que quedan exentos de este tributo. Entre ellos, se encuentran tanto los vehículos oficiales del Estado, comunidades autónomas y entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana como los de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España. Asimismo, las ambulancias y aquellos que estén destinados a la asistencia sanitaria y los matriculados a nombre de discapacitados para su uso exclusivo tampoco deberán pagar.
Además, también quedan libres del pago los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano siempre que tengan más de nueve plazas, incluida la del conductor y los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.
Bonificaciones y plazo para pagar
Cada ayuntamiento tiene en consideración una serie de requisitos para aplicar bonificaciones sobre el impuesto. Estos descuentos están dirigidos a los vehículos históricos, que en la mayoría de municipios tienen una reducción del 100%, y en función del carburante/motor, es decir, se tiene en cuenta si son híbridos, si están equipados de un motor eléctrico o si utilizan gas como combustible, entre otros aspectos. Estas rebajas se pueden consultar más específicamente en la tabla de bonificaciones por municipios del 2024, publicada por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
Con respecto al plazo para pagar este impuesto, se debe consultar el calendario fiscal de este año para conocer el periodo que ha establecido cada Consistorio. Un gran número ha fijado el 6 de mayo como la fecha máxima para el pago voluntario, como es el caso de Abanilla, Abarán, Albudeite, Beniel, Blanca, Bullas, Calasparra, Campos del Río, Fuente Álamo, Jumilla, La Unión, Librilla, Moratalla, Mula, Murcia, Pliego y Puerto Lumbreras.
En otras localidades, el último día se ha fijado más tarde, como Molina de Segura, que lo prolonga hasta el 20 de mayo, o Mazarrón, que establece el 20 de junio. Todo ello depende también del día en el que se abrió el periodo. No obstante, lo más recomendable es consultar el calendario fiscal 2024 que ha publicado la Agencia Tributaria de la Región de Murcia para conocer con exactitud el margen del que se dispone.