Borrar
Gente haciendo cola en la puerta del centro de información de la Seguridad Social en Cartagena, en una imagen de archivo. ANTONIO GIL / AGM

Complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo

La ayuda de la Seguridad Social se puede pedir por cada hijo menor de edad

Mónica millán valera

Jueves, 13 de enero 2022, 11:31

Comenta

Ya ha entrado en vigor los cambios en el Ingreso Mínimo Vital. En 2022 esta prestación de la Seguridad Social se revaloriza un 3% con nuevas cuantías para los beneficiarios. Una de las novedades es el complemento a la infancia que es complementaria al Ingreso Mínimo Vital. Esta ayuda va desde los 50 hasta los 100 euros por menor a cargo.

Requisitos para solicitar el complemento a la infancia?

El requisito principal para solicitar el complemento a la infancia es ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital. Esta prestación la pueden recibir aquellos en los que están en situación de vulnerabilidad económica. Cumples este requisito cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior es inferior al menos 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital. Se tiene en cuenta la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia.

Cuantías de la ayuda

Así, se abona por cada hijo menor de edad que es miembro de la unidad de convivencia un complemento mensual de ayuda, en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio. Las cuantías varían según la edad de cada uno de los hijos.

- Menores de 0 a 3 años: 100 euros

- Menores de 3 a 6 años: 70 euros

- Menores de 6 a 18 años: 50 euros

En cuanto a los menores que formen parte de distintas unidades familiares en casos de custodias compartidas, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones determina que tomarán como unidad familiar donde estén domiciliados.

Cómo pedir el complemento a la infancia

A las personas que ya perciban el Ingreso Mínimo Vital se le ingresará de forma automática el complemento a la infancia. Tampoco deberán pedir de forma paralela esta ayuda los que tengan en proceso el trámite de solicitud del IMV ni los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.

La Seguridad Social avisa de que si se le concede el derecho al ingreso mínimo vital «se le reconocerá el complemento junto con la prestación, sin que sea necesario que presente una solicitud independiente». Además, desde la cuenta de Twitter Atención a la ciudadanía recuerdan que el complemento a la infancia «lo gestiona la Seguridad Social, no la Agencia Tributaria».

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

laverdad Complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo

Complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo