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¿Tenemos un ordenamiento jurídico a la altura del reto colosal que supone el cambio climático? ¿Las normativas actuales garantizan nuestro derecho a disfrutar de ... una naturaleza en buen estado? Estas cuestiones, entre otras, se debatirán este jueves en el Salón de Grados del campus de la Merced durante el Congreso Internacional sobre Derecho de la Biodiversidad y del Cambio Climático, que organiza la Universidad de Murcia. Sus directores, los profesores de Derecho Administrativo Santiago Álvarez Carreño y Blanca Soro Mateo, responden a LA VERDAD sobre el estado de la gobernanza ambiental de la Región de Murcia.
–Murcia es hoy la capital mundial del Derecho ambiental...
–Hemos tratado de congregar a muchos de los mejores expertos nacionales e internacionales para debatir los dos retos más importantes que tenemos: la crisis climática y la pérdida de biodiversidad. Ambas problemáticas, íntimamente conectadas, se evidencian en nuestra Región, de modo que nuestro contexto puede ser considerado un laboratorio donde ensayar soluciones jurídicas.
–¿Tenemos derecho a una naturaleza en buen estado?
–Sí, la Constitución española garantiza el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, lo cual implica además la obligación de conservar, proteger y restablecer el buen estado de la biodiversidad. Nuestro derecho a la salud, también un bien constitucionalmente protegido, depende en gran medida de la calidad ambiental de nuestro entorno.
–¿Ese derecho se respeta en la Región de Murcia?
–En nuestra opinión, no se alcanza en nuestra Región el nivel de garantía de este derecho que deriva del ordenamiento jurídico ambiental.
–¿Cómo calificarían la gobernanza ambiental en la Región de Murcia?
–Muy deficiente.
–¿Y qué opinan sobre la gestión del agua, en vista de la contaminación por nitratos de la mayor parte de los acuíferos, la creciente transformación de secano a regadío en el Noroeste y el Altiplano, la crisis del Mar Menor y sus casi 10.000 hectáreas de cultivos ilegales, el agotamiento de casi todos los manantiales y fuentes históricas...?
– Nuestra Región, por sus características naturales, debería haber mantenido muchos usos tradicionales del agua que eran respetuosos con el medio ambiente. Por el contrario, el crecimiento intensivo de la actividad agraria nos ha conducido a una situación verdaderamente complicada que ahora debemos revertir en el marco de las más recientes estrategias impulsadas desde la Unión Europea.
–¿Tenemos derecho a exigir el mantenimiento del Trasvase en el contexto actual de cambio climático y menor disponibilidad de recursos hídricos?
–El marco jurídico que regula el Trasvase debe ser respetado, otra cosa es que ese contexto que usted menciona nos obliga a replantear qué medidas son necesarias para afrontar los retos futuros del agua en España.
–¿Qué ha fallado para llegar al estado actual de degradación del Mar Menor y qué está fallando para que la solución tarde tanto?
–Durante mucho tiempo, demasiado, se ha querido negar el problema y eludir las responsabilidades… Las soluciones son difíciles porque, desde el punto de vista político, al afectar a intereses muy poderosos, se ven entorpecidas; y porque, desde el punto de vista ecológico, los procesos de regeneración de ecosistemas degradados son muy lentos. Quizá las futuras generaciones, si actuamos correctamente ahora, puedan llegar a disfrutar, con todo lo que ello implica, de un Mar Menor sano.
–¿Será útil que el Mar Menor tenga derechos jurídicos?
–La ILP ha tenido el efecto muy positivo de recoger todo el descontento social por la deficiente gestión de las autoridades y de canalizarlo en un movimiento que ha puesto el problema del Mar Menor en la agenda política a nivel nacional e internacional. Creemos que esta es una valiosa aportación. Sobre su sentido, enfoque y utilidad se aprecian graves obstáculos en su contenido actual para su adecuado encaje en el ordenamiento jurídico vigente. Esa debilidad condicionará su futura utilidad, pero veremos qué texto aprueba finalmente el Congreso y qué suerte corre esta iniciativa.
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–Las figuras legales de protección no han servido para evitar la crisis del Mar Menor...
–Se aprecia una falta de efectividad de la normativa ambiental. Si el sistema jurídico-administrativo falla, la alternativa puede consistir en dotar a los ciudadanos de instrumentos procesales que faciliten el acceso a los tribunales de las demandas ambientales, y que garanticen la efectividad del Derecho ambiental.
–¿Quiénes tienen que pagar los daños causados por la contaminación del Mar Menor?
–Desde el punto de vista jurídico la respuesta es clara: el principio contaminador-pagador obliga al causante a afrontar la reparación y restauración del daño. Socializar el coste es una decisión política y social a la que solo debería recurrirse en casos de riesgos desconocidos e inciertos, que no es el caso.
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