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Una oficina de la Agencia Tributaria, en una imagen de archivo. EP
Estas son todas las novedades de la Declaración de la Renta en 2025

Estas son todas las novedades de la Declaración de la Renta en 2025

Hacienda implementa nuevas medidas que afectan a los parados, a los contribuyentes con dos o más pagadores y a los métodos de pago

María Ramírez

Viernes, 10 de enero 2025, 07:29

La Agencia Tributaria ya ha desvelado el periodo en el que los contribuyentes tienen que presentar la Declaración de la Renta. El plazo para realizar este trámite anual iniciará el próximo 2 de abril y finalizará el 30 de junio. No obstante, hay dos fechas relevantes que los ciudadanos deben tener en cuenta: a partir del 6 de mayo se podrá realizar por teléfono y desde el 2 de junio de manera presencial en las oficinas.

No todos los que perciben una nómina tienen que llevar a cabo esta gestión. Existen ciertos casos en los que los contribuyentes pueden quedar exentos de informar sobre sus ingresos y gastos anuales. Un aspecto clave a tener en cuenta es el umbral de ingresos: deberán presentar la Declaración aquellos que hayan obtenido una renta de trabajo superior a 22.000 euros de un solo pagador, o 15.876 euros si provienen de dos o más pagadores.

Novedades

La campaña para la liquidación del IRPF y el Impuesto de Patrimonio correspondiente al ejercicio 2024 presenta varias novedades importantes. Una de ellas es el adelanto de la fecha de inicio, que será un día antes que en la edición anterior. Otra de las medidas es la inclusión de nuevos métodos de pago en el caso de que salga a pagar. Junto a las transferencias, se podrá abonar la deuda con tarjeta de crédito o débito y, también, a través de Bizum.

Además, se introducen cambios en las condiciones para los pagadores. Hasta ahora, aquellos contribuyentes que no superaban los 22.000 euros anuales no estaban obligados a presentar la declaración, siempre y cuando la suma de lo percibido por el segundo o restantes pagadores no excedieran los 1.500 euros. Sin embargo, en 2025 este límite se eleva a 2.500 euros.

Otra de las novedades afecta a los parados. Hasta el 2024, los desempleados que recibían la prestación no estaban obligados a realizar este trámite si sus ingresos no superaban los umbrales establecidos. Sin embargo, ahora deberán presentarla obligatoriamente, independientemente de lo que hayan ganado, de los días que hayan percibido el subsidio o de si alcanzan o no los mínimos establecidos por la ley.

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