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Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. Juan Carlos Alonso

Condenan a un hombre a nueve años y medio de cárcel por abusar sexualmente de sus dos sobrinas

También le impone el pago de 150.000 euros a las víctimas en concepto de indemnización por los daños morales y una multa de 5.400 euros

Aday Martín Santana y Francisco José Fajardo

Martes, 11 de noviembre 2025, 12:03

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas condenó a nueve años y medio de prisión a R.D.V.V. por exhibirse y provocar sexualmente a su sobrina, menor de edad, desde 2008 y hasta 2010, así como haber agredido a la hermana de esta, que era también menor en el momento de los hechos, desde 2012 hasta 2016. Todo ocurrió en el domicilio del condenado en Las Palmas de Gran Canaria. La acusación particular representando a las víctimas la ejerció el abogado Miguel Ángel Pérez Diepa.

La sentencia, dictada por la Sección Primera y que tuvo como ponente al magistrado Secundino Alemán Almeida recoge el pago de 150.000 euros a Sofía y Laura –nombres ficticios para salvaguardar la identidad de las víctimas– en concepto de indemnización por los daños morales ocasionados. En concreto, tendrá que pagar con 100.000 euros a Laura por el delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y 50.000 euros a Sofía por el delito continuado de exhibicionismo y provocación sexual.

Asimismo, procede a imponer una orden de alejamiento y la prohibición de comunicarse con Laura durante 22 años, el pago de una multa de 5.400 euros y la medida de libertad vigilada durante ocho años. Con respecto a Sofía la prohibición de acercarse y comunicarse con ella será de seis años. El condenado tampoco podrá ejercer cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 41 años.

El Tribunal recuerda que al ser una sentencia de conformidad solo cabe recurso limitado a fallo en los requisitos o términos, no por motivos de fondo y debe presentarse en los diez días siguientes desde su notificación.

Los hechos probados

Sofía y Laura nacieron en octubre del año 2000 y en diciembre de 2006, respectivamente. Eran ambas menores de edad en el momento de los hechos. Frecuentemente acudían al domicilio de sus abuelos paternos y a la casa de sus tíos situada en el piso superior y en la que vivía el condenado durante su infancia. Ambas viviendas se comunicaban internamente y cuando se quedaban a dormir Sofía lo hacía con sus abuelos y Laura con su tío por la estrecha relación y la cercanía de edad que tenía su prima. «El acusado contaba con la total confianza de los padres de las niñas por el cariño que mostraba hacia ellas, así como su disposición a pasar tiempo con ellas», añadió la sentencia.

La Audiencia Provincial precisó en su resolución, que a partir de 2008 y hasta 2010, cuando se quedaba a solas con Sofía, el acusado con «ánimo libidinoso» y «atentando contra su indemnidad sexual» se exhibía sexualmente ante ella. Dos años más tarde, a partir de 2012 y hasta 2016, «en innumerables ocasiones» cuando su hija no se encontraba en el domicilio el condenado abusaba sexualmente de Laura. «Una vez atentó contra la indemnidad sexual de la víctima en el parque de la Mayordomía en un banco del parque», detalló el fallo.

Según recoge la sentencia -relata 'Canarias 7'- como consecuencia de estos hechos, Sofía y Laura presentan un trastorno de estrés postraumático con pensamientos intrusivos, evitación de estímulos relacionados con la agresión, trastornos del sueño, dificultades en la concentración, miedo, ansiedad y sentimientos de culpa. Laura tiene pautado tratamiento farmacológico y psicológico.

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