
Un juez absuelve a dos hermanos acusados de cultivar marihuana en un zulo subterráneo de Campos del Río
El magistrado considera que no existe «la más mínima prueba» de quién puedo instalar la plantación y quién la explotaba
La Guardia Civil localizó, en el otoño de 2020, un zulo subterráneo en una vivienda de Campos del Río que ocultaba hasta 920 plantas de marihuana. Un invernadero clandestino que llevó a la detención de inicial de tres personas y por el que, de momento, no acabará respondiendo nadie. El Juzgado de lo Penal número 1 ha absuelto a dos hermanos que estaban siendo investigados como presuntos responsables del cultivo ante la inexistencia de pruebas que los relacionen con la instalación. «Lo cierto», subraya el magistrado, «es que no hay la más mínima prueba de quién pudo instalar la plantación de marihuana, ni de quién la explotaba».
La Fiscalía llegó a solicitar para estos dos hermanos, que han sido defendidos por el abogado Juan Rigabert, dos años de prisión y una multa de 4.320 euros por presuntos delitos contra la salud pública y de defraudación de fluido eléctrico. Además, el Ministerio Público reclamaba que indemnizasen a Iberdrola en más de 43.000 euros cada uno por el gasto generado por el enganche ilegal de la plantación.
El juez, sin embargo, subraya en su sentencia que de la prueba practicada «no se deduce con claridad» que ninguno de los hermanos fueran los responsables de la plantación. La resolución explica que D. G. firmó un contrato de alquiler de un chalé de Campos del Río en marzo de 2017 y que, transcurrido un año, comunicó a la inmobiliaria que se iba a marchar porque su esposa iba a tener un hijo. El hombre explicó que se quedaría de titular del contrato su hermano, M. G. que, en julio de 2020, tras algunos meses de impago anunció que rescindía el contrato. El 7 de septiembre la empleada de la inmobiliaria, al acudir al chalé, encontró signos de instalación de una plantación de marihuana y alertó a la Guardia Civil, desplegándose la 'Operación Underground'.
El juez argumenta que la absolución del primer hermano es «evidente» al no haber «el más mínimo indicativo de que el mismo haya tenido nada que ver con la supuesta plantación». Respecto al segundo hermano, el magistrado razona que las quejas por olor a marihuana se comienzan a recibir a finales de julio de 2020 y que coincide con la fecha en que este insiste que se marchó de la casa. «El problema es qué pasa desde que el acusado se va hasta que la empleada visita la casa por primera vez». Ante las dudas surgidas el juez decide absolver a ambos. Esta resolución aún puede ser recurrida.
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