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Registro en la desaladora de Escombreras en 2016. Antonio Gil / AGM
La juez rechaza intervenir la desaladora, pero impide que pueda ser vendida en 4 años

La juez rechaza intervenir la desaladora, pero impide que pueda ser vendida en 4 años

La instructora del 'caso La Sal' cree suficiente que ya no estén al frente de la gestión de la planta los imputados José Manuel Ferrer y Andrés Arnaldos

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Jueves, 14 de marzo 2019, 02:58

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La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Murcia, María del Mar Azuar, que coordina la investigación por una presunta malversación millonaria de fondos públicos en torno a la planta desalinizadora de Escombreras, ha rechazado la petición del Ministerio Fiscal de poner a un interventor judicial al frente de esas instalaciones. La instructora justifica su decisión en el hecho de que ya no están al cargo de la gestión de la desaladora dos de los principales investigados en estas diligencias, el antiguo gerente, José Manuel Ferrer, y el abogado Andrés Arnaldos, quienes fueron cesados como administradores mancomunados. Además deja constancia de que, en estos momentos, las dos personas que están al frente de estas instalaciones son funcionarios públicos totalmente ajenos a la presunta comisión de los delitos que se investigan en esta causa, a lo que se suma que uno de ellos es de hecho interventor judicial de Caminos y Puertos.

En otro plano diferente, la magistrada Azuar argumenta que en la actualidad la planta desaladora está prestando «un servicio extraordinario» a la agricultura murciana, pues el 98% de su producción se está destinando a los regadíos debido al grave déficit estructural de agua que sufre la cuenca del Segura. En concreto, las instalaciones de Escombreras atienden en estos días a 115 clientes, «entre los que se encuentran todo tipo de empresas del sector agrícola regional, pequeños agricultores, grandes empresas exportadoras y comunidades de regantes como Arcosur Mar Menor y la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena». Por ello, considera que es necesario «garantizar la continuidad de la producción (de agua) sin interferencias», y ello a pesar de que el cambio de destino de los caudales -en origen se iban a destinar a consumo humano- «contribuya a aumentar o no recuperar las pérdidas de la inversión debido al diferente precio del agua».

La juez tampoco atiende la petición del Ministerio Público de dejar de atender de forma cautelar los pagos que excedan del precio fijo diario verificado, ni acepta que se proceda a anotar preventivamente la prohibición de disponer de los derechos de crédito que, recíprocamente, ostenten Hidromanagement, Tedagua y Desaladora de Escombreras.

En el único apartado que da satisfacción a la Fiscalía es en el referente a que las instalaciones de la desaladora no podrán ser vendidas o enajenadas en un plazo de al menos cuatro años, sin perjuicio de que pueda modificarse esa resolución más adelante.

La juez aprovecha la resolución para recordar algunos de los indicios que apuntan a la comisión de presuntos delitos de prevaricación administrativa, fraude, malversación de caudales públicos, falsedad y fraude de subvenciones, ya esbozados en anteriores resoluciones. E insiste en que los datos apuntan a la existencia de un plan preconcebido respecto de este proyecto, con la presunta participación de autoridades públicas.

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