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Nacho Jacob. AGENCIADECOMUNICACIONJF.COM

El juez ratifica la prisión provisional al conde Nacho Jacob, investigado por presunto abuso de menores

El supuesto pederasta, que el pasado verano salió en libertad provisional, fue detenido por segunda vez por quebrantamiento de medida cautelar

la verdad

Murcia

Miércoles, 8 de febrero 2023, 14:43

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El titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Murcia acordó ratificar la prisión provisional impuesta por un juzgado de Madrid al presunto pederasta Nacho Jacob, conde de Pozo Dulces, al que se investiga desde mayo del año pasado por la presunta comisión de delitos contra libertad sexual de menores de 16 años. También se han sumado los delitos contra la Administración de Justicia, amenazas y quebrantamiento de medida cautelar.

El investigado fue detenido el 19 de julio de 2022 y, una vez puesto a disposición judicial, el juzgado de guardia acordó la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza, por delitos contra la libertad sexual de menores de 16 años. Posteriormente, el 4 de agosto de 2022, el juzgado competente, acordó ratificar la citada prisión provisional, eludible no obstante con fianza de 40.000 euros.

El investigado hizo efectivo el pago, por lo que quedó en libertad provisional ese mismo día con la prohibición de salida del territorio nacional y de entrada al partido judicial de Murcia, comparecencias en el juzgado dos veces al mes y prohibición de acercamiento y de comunicación con los cuatro menores perjudicados víctimas.

El pasado 23 de diciembre, volvió a ser detenido en Madrid, esta vez por delitos contra la Administración de Justicia y quebrantamiento de medida cautelar, por lo que el juzgado de guardia de la capital acordó su ingreso en prisión provisional.

Medida que ha ratifica ahora el juzgado que dirige la instrucción de la causa al entender, como indica el auto de prisión, que el investigado «a sabiendas que no podía comunicarse con ellos -los menores-, ni directamente, ni a través de tercera persona, no dudo en emplear a otras personas (…) para que hablaran con aquéllos a fin de que declararan a su favor, cambiando así el tenor de sus respectivas declaraciones policiales, declaraciones éstas que le incriminaban directamente».

En la fundamentación, el auto hace referencia a los contactos con los menores para que aprendieran de memoria unas preguntas redactadas en cuatro folios a modo de guion y a las amenazas en caso de no colaborar.

En consecuencia, el instructor justifica el mantenimiento de la medida cautelar de prisión, fundada en el riesgo previsto en el art. 503.1.3º c) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, esto es que «pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima». Así, el magistrado considera que el hecho de que los otros tres investigados están en libertad, no es causa para dejar sin efecto la medida de prisión de Ignacio J., como pedía su defensa, pues él es «el interesado en que se produzca un cambio en la versión policial de las víctimas y por ello quien podría continuar con su estrategia de amenazas y presiones para con ellas».

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