El juez archiva la querella contra la alcaldesa de Águilas por el contrato de vigilancia de las playas
El instructor remarca que, aunque la adjudicación debería haber salido a licitación, Moreno no tenía que conocer «la ilegalidad del modelo de contratación» y la decisión salvó el servicio ese verano
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Lorca decretó el sobreseimiento provisional de las diligencias que se iniciaron hace más de tres ... años contra la alcaldesa de Águilas, María del Carmen Moreno, por la supuesta adjudicación irregular del contrato de vigilancia en las playas del municipio. En este caso estaban siendo investigados, asimismo, su antecesor en el cargo, el popular Bartolomé Hernández; el entonces secretario del Ayuntamiento, Diego José Mateos, que fue alcalde en funciones de Lorca; el que fuera concejal de Contratación, Tomás Consentino -ya fallecido-; y el presidente de la Cruz Roja de Águilas, Miguel Molina, cuyos cargos también fueron archivados.
Este procedimiento se inició a raíz de la denuncia del gerente de una firma dedicada a prestar los servicios de vigilancia en la costa que alertaba de la supuesta adjudicación directa del contrato, que habría sido otorgado sin concurso a la asamblea local de Cruz Roja, en perjuicio de los potenciales concurrentes a esos trabajos.
El juez, en su auto, al que LA VERDAD ha tenido acceso, explica que la vía penal solo debe utilizarse para resolver conflictos «cuando sea imprescindible» y remarca que, para seguir adelante con una causa. no es suficiente únicamente con «la mera ilegalidad». El instructor hace hincapié en que, para sostener una condena, es necesario que exista una resolución ilegal que ocasione un «resultado materialmente injusto» y que sea dictada «con el conocimiento de actuar en contra del derecho», supuestos que no aprecia en este caso.
El magistrado explica que inicialmente el secretario del Ayuntamiento, cuyos cargos también han sido archivados, informó correctamente de que el trámite adecuado para adjudicar el contrato era la licitación. Posteriormente, en un cambio que el juez entiende «razonable», se desistió de esa licitación por el escaso tiempo con el que se contaba para que la contratación pudiera estar cerrada a fecha de inicio de la temporada de verano. Otra de las razones, explica el juez, era que Cruz Roja quisiera hacer valer su convenio que consideraba prorrogado.
El instructor no aprecia indicios de delito en la actuación del secretario e incide en que «menos reprochable resulta al resto de querellados que actuasen conforme a dicho informe, que contiene la argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable exigida para excluir el delito». El juez remarca que, gracias a la decisión de desistir de la licitación, «se logró salvar el servicio ese año» y que no puede exigirse a la alcaldesa y al resto de procesados que tuvieran conocimiento de la «ilegalidad del modelo de contratación cuando se ha hecho así durante años y además se informa por los técnicos sobre el modo de actuar». El denunciante ya ha anunciado su intención de recurrir la resolución.
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