La Audiencia tumba la apertura de juicio a la alcaldesa de Puerto Lumbreras por la presunta ampliación ilegal de una granja
El tribunal entiende que no existen indicios de que Túnez tratase de favorecer deliberadamente a la explotación porcina y archiva los cargos contra ella
La alcaldesa de Puerto Lumbreras, María Ángeles Túnez, se libra in extremis de sentarse en el banquillo acusada de haber permitido la ampliación de una ... granja porcina con unas obras que carecían de licencia urbanística. La Audiencia Provincial ha tumbado el auto que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Lorca dictó, tras cuatro años de investigación, acordando la apertura de juicio oral contra la regidora, del Partido Popular, y contra la empresa Juan Jiménez García S. A. U., procesada por un delito contra la ordenación del territorio y urbanismo por supuestas irregularidades en una explotación situada en el paraje de El Campillo.
El tribunal estima un recurso presentado por el abogado defensor de la alcaldesa, Evaristo Llanos, al que se adhirió la Fiscalía y la acusación ejercida por el propio ayuntamiento. Los magistrados de la Audiencia consideran que «de lo instruido en la fase de investigación no se advierte que la conducta de la alcaldesa tuviera como fin favorecer deliberadamente a la parte infractora, no existiendo indicios de una motivación subjetiva ilícita en su proceder».
En el auto de procesamiento el instructor explicaba que la citada empresa realizó obras en la granja entre 2019 y 2020 y sostenía que la alcaldesa «omitió la realización de las inspecciones debidas en la zona donde se llevó a cabo la construcción». El magistrado se mostró convencido de que la regidora tuvo conocimiento de la obra porque existió una denuncia y un expediente que se inició a su instancia. Remarcó, no obstante, que ese expediente caducó «debido a su pasiva actitud».
La defensa, en su recurso, hace énfasis, entre otras cuestiones, en que la alcaldesa «actuó tan pronto como fue informada de la posible caducidad, ordenando la apertura de un nuevo expediente, que culminó con la imposición y abono de una sanción de 255.083,80 euros y la restauración urbanística». La acusación que ejerce la asociación Ecologistas en Acción impugnó el recurso y solicitó la confirmación de la apertura de juicio al entender que la actuación de Túnez revela «una actuación presuntamente orientada a beneficiar de manera indebida a la empresa infractora mediante la inacción primero y la manipulación administrativa posterior».
La Audiencia, al estimar el recurso de la defensa, recalca que «no se puede afirmar, más allá de toda duda razonable, que la alcaldesa suprimió intencionadamente documentación técnica relevante para rebajar el importe sancionador derivado del segundo expediente o que solicitó nuevos informes técnicos y jurídicos, prescindiendo de los ya existentes, a fin de justificar dicha reducción, pues esta era conforme a derecho». Contra este auto no cabe recurso.
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