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Pedro Antonio Sánchez y Martín Lejarraga, ante el tribunal este jueves.

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Pedro Antonio Sánchez y Martín Lejarraga, ante el tribunal este jueves. Nacho García / AGM

La Audiencia absuelve a Pedro Antonio Sánchez por haber expirado el plazo de investigación en el 'caso Pasarelas'

Martín Lejarraga, el arquitecto al que se le adjudicaron los contratos para reformar la zona de la rambla de Nogalte, también ha sido exculpado

Jueves, 20 de diciembre 2018, 12:36

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La Audiencia Provincial decidió absolver este jueves en la vista de las cuestiones previas del juicio por el 'caso Pasarelas' al expresidente de la Región de Murcia Pedro Antonio Sánchez y el arquitecto Martín Lejarraga por haber expirado el plazo de investigación.

Era el argumento que esgrimía el abogado defensor de Sánchez, José Antonio Choclán, quien alegó este jueves por la mañana que el plazo para investigar se agotó antes de que se hubiera estipulado la complejidad de la causa, y ello obligaba a declarar nulas todas las diligencias.

Con este argumento, la defensa del también exalcalde de Puerto Lumbreras y antiguo alto cargo del Partido Popular trataba de evitar que arrancara como tal el juicio por la supuesta adjudicación irregular de unos contratos para reformar la zona de la rambla de Nogalte en la localidad lumbrerense, y que fueron otorgados al arquitecto Martín Lejarraga, también imputado en esta causa. El propio abogado de Lejarraga, el letrado Evaristo Llanos Sola, echó mano de estos mismos argumentos para señalar que el juicio no debía pasar de estas cuestiones previas y que sólo procede la exculpación de ambos acusados.

Tanto el fiscal Anticorrupción, Juan Pablo Lozano, como las acusaciones particulares que se ejercen desde Podemos y por parte de un antiguo concejal socialista de Puerto Lumbreras, insistieron ante el tribunal de la Sección Tercera en que el plazo para declarar la complejidad de la causa era solo orientativo y no preclusivo y negaron el argumento de las defensas de que los delitos también habían prescrito antes de iniciarse formalmente la investigación judicial.

El tribunal, presidido por el magistrado José Luis García, se tomó unos minutos para deliberar sobre estas cuestiones antes de retomar la vista, que terminó con la absolución de los imputados. La Fiscalía anunció que recurrirá la decisión del tribunal.

La sentencia absolutoria, adelantada oralmente por el ponente del tribunal, el magistrado Álvaro Castaño-Penalva, señala que «la interpretación que hizo la Sección Segunda de esta Audiencia fue poco razonable y contraria al tenor del texto de la ley», lo que debe acarrear la nulidad de las diligencias practicadas desde entonces.

El tribunal señaló, asimismo, que «no hay excusa ni disculpa para lo ocurrido en este caso ya que hubo una indolencia en la instrucción, que es atribuible a la administración de justicia y que no debe repercutir de forma desfavorable en los acusados». La Sala critica así que dentro de los seis meses en que estuvo la causa abierta ni siquiera se había tomado declaración a los investigados.

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