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María Ramírez
Viernes, 31 de enero 2025, 07:40
Los empleados tienen una serie de derechos que están recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Esta normativa tiene el objetivo de proteger sus condiciones y garantizar aspectos como los días mínimos de vacaciones, el número máximo de horas extraordinarias o la edad mínima para empezar a cotizar. Todo ello permite que las empresas tengan un marco sobre el que regular la relación con los miembros de su plantilla.
Uno de los puntos que aborda esta ley son los permisos laborales que pueden solicitar los asalariados ante circunstancias personales o familiares que requieran su ausencia. Algunos de ellos son bastante conocidos, como los que se otorgan al contraer matrimonio, por el nacimiento de un hijo o si fallece un familiar de primer o segundo grado. Sin embargo, existen otros menos conocidos, entre el que se encuentra el de no asistir al trabajo si hay una alerta meteorológica en la zona.
Numerosos españoles compaginan la vida laboral con la estudiantil. En algunos casos, la convocatoria de un examen puede coincidir con el horario de trabajo, por lo que surge la duda de si es posible solicitar esas horas para realizar la prueba. Esta cuestión la aborda el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores, donde reconoce que la persona en cuestión tiene derecho a disfrutar de un permiso para concurrir a exámenes.
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Según esta norma, el empleado también tendrá «preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta forma de realización del trabajo». Eso sí, detalla que esto se tendrá en cuenta cuando curse con «regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional».
En este sentido, aquel que se quiera presentar a una oposición también tendrá esta opción si su jornada se solapa con la celebración del examen. Sin embargo, la normativa no menciona si se deberá remunerar al trabajador. En este sentido, explica que «en la negociación colectiva se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos, que se acomodarán a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre trabajadores de uno y otro sexo». Por lo tanto, habrá que consultar con la propia empresa las condiciones salariales de esa jornada.
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