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Imagen de archivo de un empleado de la Agencia Tributaria atiende una llamada. EP

A partir de este martes podrás presentar la Declaración de la Renta 2024 por teléfono

Desde el pasado 29 de abril ya se puede solicitar cita previa

Ana de Dios

Lunes, 5 de mayo 2025, 07:32

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Hace ya más de un mes que comenzó la campaña de la Declaración de la Renta 2024. De hecho, a estas alturas, algunos contribuyentes ya habrán recibido la devolución, en caso de que su declaración haya salido a devolver. Sin embargo, hasta el momento, solo era posible realizarla de forma telemática.

Como es habitual, la Agencia Tributaria cuenta con un calendario que también incluye las fechas en las que es posible confeccionar la declaración por vía telefónica o presencial.

Desde este martes, 6 de mayo, y hasta el 30 de junio, será posible realizar la Declaración de la Renta por teléfono. No obstante, desde el pasado 29 de abril ya se puede solicitar cita previa para presentarla por esta vía o mediante videoasistencia en pequeños municipios. Este plazo para pedir cita finaliza tres días antes del cierre de la campaña, el 27 de junio.

¿Cómo pedir cita para hacer la Declaración de la Renta por teléfono?

Puedes concertar una cita a través de los siguientes medios:

-Por Internet, utilizando NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.

-App 'Agencia Tributaria'

-Teléfono automático: 91 535 73 26 o 901 12 12 24

-Teléfono de atención personal para cita previa: 91 553 00 71 o 901 22 33 44 (de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 h)

¿Qué documentos necesitas para realizar la declaración por teléfono?

La Agencia Tributaria especifica en su página web los datos necesarios para poder confeccionar la declaración correctamente.

Documentación sobre la situación personal

-DNI original del titular de la cita y fotocopia del DNI de todas las personas que figuren en la declaración.

-Número IBAN de la cuenta bancaria.

-Referencias catastrales de todos los inmuebles en propiedad o en los que se resida (incluye recibo del IBI).

-Autorización firmada y fotocopia del DNI de otros declarantes (miembros de la unidad familiar o terceros) si vas a presentar la declaración en su nombre.

Justificantes que puedan dar derecho a deducciones autonómicas u otros beneficios fiscales

- Si vives en un inmueble alquilado, necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.

- Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.

- Con hipoteca: los recibos de los seguros.

- Por donativos: los justificantes, etc.

Por rendimiento del trabajo

- Certificado emitido por el pagador.

- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).

- Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.

Por rendimiento del capital inmobiliario

- Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales o plazas de garaje de los que sea propietario o usufructuario.

Por rendimiento del capital mobiliario

- Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.

- Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.

Ganancias y pérdidas por transmitir la vivienda habitual

- Fechas y escrituras de adquisición y transmisión.

- Importes reales, gastos y tributos de adquisición y transmisión.

- Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.

- Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de transmisión.

Ganancias y pérdidas por transmitir otros bienes, por premios, subvenciones, etc

- Fechas y escrituras de adquisición y transmisión.

- Importes reales, gastos y tributos de adquisición y transmisión.

- Certificados de fondos de inversión.

- Justificante de premios.

- Justificante de subvenciones.

-En caso de transmisión de inmuebles: cumplimentar el Modelo de datos de transmisión de inmuebles.

Según indica la Agencia Tributaria: «Si no aportas estos datos, no se podrá realizar tu declaración.»

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