Este es el máximo de horas extras que puedes trabajar: hay tres casos prohibidos
La ley establece límites para proteger los derechos de los empleados y evitar los abusos laborales
María Ramírez
Sábado, 1 de febrero 2025, 16:39
Trabajar más horas de las establecidas en el contrato es una práctica muy habitual en muchas empresas. Este tiempo adicional puede ser necesario en situaciones determinadas, como el cumplimiento de plazos, ausencias imprevistas o reparaciones urgentes. Independientemente de la naturaleza de estas circunstancias, las compañías deben recompensar a los empleados económicamente o con periodos de descanso.
La ley establece límites específicos para proteger los derechos del asalariado y evitar los abusos laborales. Por un lado, como indica el Ministerio de Trabajo y Economía Social, su prestación es voluntaria, a excepción de que haya un pacto individual o colectivo. No obstante, cuando sea para prevenir o reparar siniestros u otros daños urgentes se considera que es obligatorio. En este caso, aunque no se computan para el límite anual de horas extras, deben ser remuneradas.
Este es el límite legal
La normativa establece que el número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador es de 80. Sin embargo, no se contabilizan aquellas que han sido compensadas con tiempo de descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Para computarlas, se debe llevar un registro diario de la jornada laboral de cada trabajador.
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Además, los representantes de los trabajadores tienen derecho a recibir información mensualmente por el empresario de las horas extraordinarias realizadas por los empleados. Por otro lado, en el caso de que sean retribuidas, la cuantía no podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria.
Casos en los que está prohibido
Hay tres escenarios en los que está prohibido trabajar tiempo adicional. En primer lugar, no se permite su realización durante el turno nocturno, salvo en «los supuestos de jornadas especiales ampliadas reglamentariamente o cuando resulte necesario para prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes».
Otro de los casos está relacionado con la edad. En concreto, los menores de 18 años no pueden realizar horas extras. El tercer escenario concierne a aquellos que tienen un contrato de formación. Los que se encuentren en esta categoría tampoco podrán realizarlas si no se trata de una causa de fuerza mayor o de carácter urgente.