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Imagen de archivo de un colegio. Nacho García / AGM

Estas son las deducciones con las que cuenta la Región de Murcia para afrontar la vuelta al cole

Según la OCU, para el curso escolar 2025-2026 el desembolso medio rondará los 2.390 euros por alumno

Ana de Dios

Lunes, 1 de septiembre 2025, 09:50

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El verano llega a su fin y, con la llegada de septiembre, muchas familias se preparan para organizar la vuelta al cole. Un gasto que cada año aumenta y que repercute de manera considerable en la economía familiar. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), para el curso escolar 2025-2026 el desembolso medio rondará los 2.390 euros por alumno, teniendo en cuenta matrícula, uniforme, libros de texto, material escolar, dispositivos informáticos y, además, los gastos mensuales habituales: cuota escolar, comedor, transporte o actividades extraescolares.

Ante la elevada cantidad que supone, muchos padres buscan opciones para reducir lo máximo posible este gasto. Entre ellas, existen becas y deducciones fiscales que ayudan a aliviar el esfuerzo económico que supone la educación de los hijos.

En el caso de Murcia, las familias cuentan con deducciones autonómicas en el IRPF destinadas a compensar parte de los costes educativos, tanto en etapas obligatorias como en actividades complementarias, como el aprendizaje de idiomas.

Con qué deducciones cuenta la Región de Murcia

Una de las más relevantes es la deducción por la compra de material escolar y libros de texto en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Cada familia puede deducirse hasta 120 euros por hijo con derecho al mínimo por descendientes. No obstante, esta cantidad se reducirá si se han recibido becas o ayudas públicas que cubran, total o parcialmente, dichos gastos.

Hay que tener en cuenta, además, que la aplicación de esta deducción está sujeta a límites de renta. En declaraciones individuales, la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 20.000 euros, salvo en familias numerosas o monoparentales, donde el límite asciende a 33.000 euros. En tributación conjunta, el umbral se sitúa en 40.000 euros, ampliándose a 53.000 en estos casos especiales.

En cuanto a quién puede aplicarla, la deducción corresponde al progenitor que haya abonado el material o los libros. Si ambos padres tienen derecho, el importe debe prorratearse a partes iguales en cada declaración.

Además, la Comunidad contempla una deducción por aprendizaje de idiomas extranjeros en actividades extraescolares. Las familias pueden deducirse el 15% de los gastos pagados, siempre que los hijos estén matriculados en Infantil (segundo ciclo), Primaria, Secundaria, Bachillerato o Formación Profesional específica. El límite máximo es de 300 euros por hijo, y para aplicarla es imprescindible disponer de justificante de pago. Los requisitos de renta son los mismos: no superar los 20.000 euros en tributación individual ni los 40.000 en conjunta.

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