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Un joven en silla de ruedas. RC

Estos son todos los beneficios fiscales a los que pueden acceder las personas con discapacidad en 2025

Estas medidas buscan mejorar su calidad de vida y reducir las desigualdades a las que se enfrentan

Ana de Dios

Viernes, 31 de enero 2025, 20:09

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Las personas con discapacidad pueden acceder a diversas ayudas y beneficios fiscales destinados a mejorar su calidad de vida y reducir las desigualdades que enfrentan. Para beneficiarse de estas medidas, es imprescindible acreditar el grado de discapacidad mediante un certificado emitido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por los organismos competentes de las comunidades autónomas.

A efectos del IRPF, se considera persona con discapacidad a quienes acrediten un grado igual o superior al 33%. Este porcentaje es determinante para acceder a exenciones, deducciones y otros beneficios. El certificado debe incluir información sobre la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida, aspectos que pueden influir en el cálculo de las deducciones.

Exenciones fiscales en 2025

En 2025, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% pueden beneficiarse de las siguientes exenciones fiscales, siempre que cumplan los requisitos establecidos:

- Prestaciones económicas por incapacidad: Están exentas las prestaciones derivadas de Incapacidad Permanente Absoluta, Gran Invalidez y la Ley de Dependencia, incluidas las pensiones no contributivas por discapacidad y las prestaciones por desempleo en pago único destinadas a la creación de un negocio.

- Rendimientos de planes de pensiones y patrimonios protegidos: Las rentas obtenidas de planes de pensiones constituidos a favor de personas con discapacidad están exentas hasta un máximo de tres veces el IPREM anual.

- Cuotas de seguros médicos: Las primas pagadas por empresas para seguros médicos de empleados con discapacidad (o sus familiares) están exentas hasta 1.500 euros anuales.

- Ayudas económicas para atención asistencial: Las ayudas para la estancia en residencias, centros de día y programas de atención domiciliaria están exentas si las rentas del beneficiario no superan el doble del IPREM.

Beneficios y ayudas disponibles

Deducciones en el IRPF

Las personas con discapacidad y sus familias pueden acceder a importantes deducciones en el IRPF. Algunas de las más relevantes incluyen:

- Por discapacidad de ascendientes, descendientes o cónyuge: Hasta 1.200 euros anuales por cada persona con discapacidad a cargo, siempre que no perciban rentas superiores a 8.000 euros anuales (excluidas las rentas exentas).

-Por adecuación de la vivienda habitual: Las obras e instalaciones destinadas a adaptar la vivienda a las necesidades de personas con discapacidad son deducibles.

- Aportaciones a patrimonios protegidos: Las contribuciones realizadas por familiares a favor de personas con discapacidad cuentan con importantes ventajas fiscales.

- Planes de pensiones: Las aportaciones a sistemas de previsión social destinados a personas con discapacidad permiten reducciones fiscales significativas.

Además, cada comunidad autónoma puede establecer deducciones adicionales en el tramo autonómico del IRPF, por lo que es recomendable consultar las especificidades de cada territorio.

Reducciones y exenciones en otros impuestos

IVA reducido

Se aplica un tipo reducido del 4% a la adquisición de vehículos adaptados, sillas de ruedas, prótesis, ortesis, implantes internos y servicios de adaptación o reparación de vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida. También para dispositivos médicos como gafas graduadas o aparatos para diabetes y diálisis, el IVA es del 10%.

Impuesto de Circulación (IVTM)

Los vehículos registrados a nombre de personas con discapacidad están exentos de este impuesto, aunque la exención se aplica a un único vehículo por beneficiario.

Impuesto de Matriculación

Están exentas del pago las personas con discapacidad, siempre que el vehículo sea de uso exclusivo y se mantengan las condiciones durante al menos cuatro años desde la matriculación.

Compatibilidades e incompatibilidades

En la mayoría de los casos, los beneficios fiscales son compatibles con otras prestaciones sociales. Por ejemplo:

- Las deducciones en el IRPF no afectan la percepción de pensiones por discapacidad ni de ayudas como la Renta Activa de Inserción (RAI).

- Las subvenciones para la compra o adaptación de viviendas no limitan la aplicación de reducciones fiscales en impuestos asociados.

Sin embargo, no es posible acumular ayudas duplicadas para un mismo gasto. Por ejemplo, si se recibe una subvención para adaptar un vehículo, la cantidad subvencionada no podrá deducirse fiscalmente.

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