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Una oficina de Empleo, en una imagen de archivo. EP
Este es el subsidio por desempleo del SEPE si has trabajado menos de un año

Este es el subsidio por desempleo del SEPE si has trabajado menos de un año

El Servicio Público de Empleo Estatal recuerda en sus redes sociales esta ayuda si no puedes acceder a la prestación contributiva

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Jueves, 12 de mayo 2022, 23:59

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El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) recuerda en sus redes sociales que ayudas existen para aquellos que han trabajado menos de un año y no tienen derecho a una prestación contributiva. Si cumples una serie de requisitos podrás acceder a un subsidio por desempleo, pero hay que tener en cuenta que la duración depende del número de meses cotizados y de si tienes o no responsabilidades familiares. Para solicitar esta ayuda deberá presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, que comienzan a partir del día siguiente a la situación legal de desempleo.

La solicitud se puede presentar a través de:

1. La sede electrónica del SEPE.

2. En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).

3. En cualquier oficina de registro público.

4. Por correo administrativo.

La duración de la prestación depende del número de meses cotizados y de si el beneficiario tiene o no responsabilidades familiares.

Con responsabilidades familiares

1. El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si has cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.

2. El subsidio durará 21 meses, si has cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por periodos de 6 meses hasta su duración final).

Sin responsabilidades familiares

En el caso de que no tenga responsabilidades familiares el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.

Requisitos

Existen una serie de requisitos para que una persona pueda acceder a este tipo de prestación:

1. Estar desempleado y en situación legal de desempleo.

2. Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

3. Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si tienes responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tienes, y no llegar a 360 días. En el caso de tener 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.

4. No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (cuantías para este año). Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. El rendimiento que procede de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Si interrumpiste el cobro de una prestación contributiva para trabajar este último periodo de menos de 360 días, debes solicitar la reanudación de dicha prestación. Si interrumpiste un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses, tendrás que reanudarlo.

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