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Un radar junto a la autovía, en una imagen de archivo. Vicente Vicéns / AGM

La DGT explica cuándo es posible circular a 150 km/h sin recibir una multa

Aunque la velocidad máxima en la autovía es de 120 km/h hay conductores que pueden sobrepasar este límite

LA VERDAD

Miércoles, 22 de junio 2022, 13:14

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La Dirección General de Tráfico (DGT) busca disminuir los accidentes en las carreteras españolas. Para ello, sigue actualizando cada día las medidas de Tráfico. Se busca evitar que los conductores sufran cualquier tipo de incidente en la carretera. Algunas de las medidas más numerosas de la DGT están relacionadas con la velocidad. Las infracciones por no respetar el límite de velocidad de la vía son cada vez más comunes, según advierte la DGT.

Tráfico penaliza con multas y pérdida de puntos en el carné a aquellos conductores que superen los líites de velocidad establecidos. «El exceso de velocidad conlleva una sanción económica de 100 o 600 euros y pérdida de 2, 4 o 6 puntos del permiso de conducir. Y si superas en 60 km/h el límite urbano o en 80 el interurbano, se convierte en delito», recuerdan dede la DGT en su cuenta oficial de Twitter.

Cuándo se puede circular a 150 km/h

La DGT establece que existe una excepción a estos ejemplos y son los vehículos que por razones de ensayo o experimentación, les haya sido concedido un permiso especial para rebasar las velocidades establecidas como máximas en 30 kilometros por hora. Aunque aclaran, solo podrán hacerlo «dentro del itinerario fijado y en ningún caso cuando circulen por vías urbanas, travesías o por tramos en los que exista señalización específica que limite la velocidad».

La DGT recuerda a los conductores la importancia de respetar las normas de tráfico y las señales que aparecen en cada momento en la vía. Especialmente, las normas referidas a la velocidad. La nueva Ley de Tráfico da gran importancia a este tema. En las nuevas medias implantadas, también se ha tenido muy en cuenta el uso y expansión de las nuevas tecnologías. La DGT se ha puesto más dura que nunca en cuanto al uso de aparatos tecnológicos mientras el conductor esté circulando. La DGT aumenta de 3 a 6 puntos el «sujetar un aparato electrónico con la mano».

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