El bloqueo de la renovación del CGPJ
Así me parece ·
No es imaginable sostener este esperpento constitucional cuatro años más. En mi opinión, Feijóo y su equipo se equivocanDice el artículo 122-3 de la Constitución que los miembros del Consejo General del Poder Judicial serán nombrados por un periodo de cinco años. ... Los vocales actuales fueron nombrados en 2013, cuando el PP de Mariano Rajoy tenía mayoría parlamentaria absoluta. La renovación se debería haber producido, pues, en 2018. Desde entonces, todos los intentos de llegar a acuerdos, por una razón o por otra, han fracasado. Y nos encontramos con el esperpento constitucional de un CGPJ integrado por vocales que desde hace cinco años no deberían serlo.
Desde luego, en España hay problemas políticos más importantes que este, y que preocupan a gran parte de la sociedad. Y, desde luego, parece que el bloqueo de la renovación del CGPJ no tiene coste electoral alguno, puesto que hagan lo que hagan los partidos políticos en relación a este asunto, a sus votantes les trae absolutamente sin cuidado.
Y, sin embargo, aunque sólo preocupe a unas minorías, el bloqueo de la renovación del CGPJ es un problema político muy importante, y que puede tener gran trascendencia en la vida de los ciudadanos, en la medida en que afecta al buen funcionamiento de un servicio público básico, como es la Justicia.
¿Y qué podemos hacer? El comisario de Justicia de la UE ha señalado el camino: primero, proceder a la inmediata designación de nuevos vocales según las reglas vigentes actualmente; y, después, intentar modificar esas reglas, de modo que sean los jueces los que elijan a los vocales del Consejo.
Feijóo no hace caso al comisario europeo. Dice que no se fía de Sánchez, y que no quiere que Sánchez «controle» el CGPJ; y, en consecuencia, mantiene el bloqueo.
En mi opinión, Feijóo y su equipo se equivocan. Y no podrán seguir manteniendo ilimitadamente su actitud de bloqueo. Y ello por lo siguiente:
1. No es imaginable sostener este esperpento constitucional durante cuatro años más. Feijóo parte de la base de que esta legislatura va a durar unos pocos meses. Pero, ¿qué pasa si dura cuatro años? Y, más aún, ¿qué ocurriría si después de estos cuatro años de legislatura tampoco alcanzase Feijóo La Moncloa? ¿Seguiría el bloqueo? ¿Haríamos vitalicios a los actuales vocales del CGPJ?
2. Incluso, electoralmente, el asunto puede volverse en contra de los intereses del PP. Dice el artículo 567 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: «Los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial serán designados por las Cortes Generales del modo establecido en la Constitución y en la presente Ley Orgánica, atendiendo al principio de presencia paritaria entre hombres y mujeres». «Cada una de las Cámaras elegirá, por mayoría, tres quintos de sus miembros, a diez vocales, cuatro entre juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio en su profesión, y seis correspondientes al turno judicial, conforme a lo previsto en el Capítulo II del presente Título».
El inciso relativo a la paridad fue introducido por la Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, gobernando ya Sánchez, tras la moción de censura. Pero el resto del artículo fue introducido por la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, impulsada por el Gobierno de Rajoy, que, repito, contaba con mayoría absoluta en ambas Cámaras. O sea, al PP de Feijóo no le gustan las reglas de designación de vocales del CGPJ establecidas por la mayoría parlamentaria del PP de Rajoy. Y ha optado por prorrogar indefinidamente el mandato caducado de unos vocales elegidos conforme a esas reglas que impulsó Rajoy y que a Feijóo no le gustan. O dicho de otra forma, prorroga durante más de cinco años la estructura mayoritaria con la que cuenta el PP en el CGPJ, y que no se corresponde con la actual composición del Congreso.
Si alguna vez a alguien se le ocurre pensar en voz alta sobre esto, sin duda las expectativas electorales del PP se pueden ver perjudicadas.
Y, en fin, cabe hacerse la última pregunta: ¿qué hacer si se prolonga el bloqueo? En mi opinión, la solución no consistiría en quitarle competencias al Consejo, como ha señalado su actual presidente, Vicente Guilarte, sino en suprimir su ámbito de discrecionalidad, de modo que todas sus potestades discrecionales se conviertan en regladas. Todos los puestos de la carrera judicial, desde la presidencia del Tribunal Supremo al juzgado de Primera Instancia e Instrucción de cualquier partido judicial, deben cubrirse única y exclusivamente por concurso de méritos. Unos méritos bien definidos y bien baremados en las bases de la convocatoria. El Consejo, así, efectuaría los nombramientos, pero sin margen alguno de discrecionalidad. Si no respeta los méritos, sus decisiones serían recurribles ante la jurisdicción contencioso administrativa. De este modo, desaparecería todo el interés de los partidos por controlar al Consejo. Y, lo que es más importante, reforzaríamos la independencia del Poder Judicial, pues los jueces y magistrados sabrían desde el principio que, en adelante, su carrera profesional iba a depender sólo de sus propios méritos, sin necesidad alguna de aproximarse a ningún partido político.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión