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Palacio de Justicia de Murcia. Javier Carrión/ AGM

Ocho años de cárcel por propinar una brutal paliza con un bate de béisbol a un vecino de Las Torres de Cotillas

Los acusados también tendrán que indemnizar a la víctima con 60.000 euros y pagar 82.000 euros al Servicio Murciano de Salud

Lunes, 28 de marzo 2022, 03:11

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Cuando Jesús F. entró en la casa de Cristóbal Torres, un vecino de Las Torres de Cotillas que no se andaba con tonterías, no se imaginaba que iba a salir de la vivienda sangrando, casi inconsciente, tras ser agredido brutalmente con un bate de béisbol en la cabeza. Después de tocar la puerta, Jesús accedió al inmueble y fue sorprendido por Ali Jarju, que aguardaba escondido y no dudó en propinarle varios golpes en la cabeza. Después, Cristóbal arremetió contra él, cuando ya estaba tendido en el suelo, y le dio dos severos puñetazos en la mandíbula. Unas heridas casi mortales por haber perdido la cantidad de 200.000 euros.

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman ocho años de prisión a Cristóbal Torres y a Ali Jarju por aquella brutal agresión. El fallo, que está recurrido, señala que, además, cada uno deberá indemnizar a la víctima con 60.000 euros. Tendrán que abonar, asimismo, la cifra de 82.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) por los gastos sanitarios derivados de la atención que tuvo que recibir la víctima tras aquella paliza.

El tribunal, encabezado por el magistrado Andrés Carrillo, sostiene que los hechos se produjeron el 28 de junio de 2017, cuando los ya condenados Cristóbal Torres y Ali Jarju se encontraban en la vivienda del primero. En un momento dado, llegó a la casa la víctima, Jesús F., y A. P., que habían sido citados allí para dar explicaciones a Cristóbal sobre un dinero de este último que había desaparecido.

Según la sentencia, Cristóbal Torres quedó en su casa con Ali Jarju «con el fin de atentar contra la integridad de Jesús F.»

Un año antes, la víctima había contactado a través de internet con A.P. para informarle de un supuesto negocio con grandes beneficios, pero que requería de una inversión considerable. Jesús le comentó la idea a A.P., y este le explicó que tenía en su poder 200.000 euros de uno de los procesados, Cristóbal Torres. Así, le sugirió que, si el negocio era rápido, podría realizar la operación y devolver ese importe, pero finalmente la ocasión se perfiló inexistente y el dinero desapareció. Ni un euro. Nada.

En 2017, cuando los cuatro estaban en el interior de la vivienda, Cristóbal Torres, «con el ánimo de atentar contra la integridad corporal de Jesús y para recriminarle la pérdida del dinero y aterrorizarlo lo suficiente, se concertó con Ali Jarju, quien procedió a golpear fortísimamente a Jesús en la cabeza con un bate de béisbol, según recoge la resolución.

Acto seguido hizo lo mismo con ese objeto en la cadera y en la pierna. Después, Cristóbal le dio a la víctima dos puñetazos en la mandíbula. «Todo ello con los fines ya aducidos de que reconociera que se había llevado el dinero y de atemorizarlo con la amenaza de infringirle lesiones de entidad al mismo fin de que procediera a devolver la suma cuanto antes», relata el fallo.

«Mortales de necesidad»

Según recoge la sentencia de la Audiencia Provincial, cuando se estaba produciendo la agresión, intervino A. P., quien aseguró a los atacantes que la víctima iba a devolver hasta el último céntimo de los 200.000 euros. De esta forma, consiguió detener la paliza y trasladar a su colega hasta la casa de la madre de este, donde Jesús perdió finalmente el conocimiento debido a las heridas de la fatal agresión. En ese instante, fue trasladado de urgencia al hospital. El fallo hace hincapié en que «si no hubiera sido llevado al centro sanitario, Jesús habría fallecido, ya que las heridas ocasionadas en su cabeza eran mortales de necesidad».

«Si no hubiera sido llevado al hospital, la víctima habría fallecido» por las graves heridas ocasionadas en su cabeza

Como consecuencia de la paliza, el afectado sufrió múltiples lesiones y secuelas. El tribunal recuerda en su escrito que el 1 de diciembre de 2017, tras abandonar el centro hospitalario, la víctima firmó un escrito ante notario reconociendo la existencia de esa deuda, de la que ya había saldado una parte.

Niegan la premeditación

En la vista oral, que se celebró hace un par de meses, tanto Cristóbal Torres como Ali Jarju reconocieron haber agredido al perjudicado. Sin embargo, ambos negaron estar concertados previamente a esos efectos ni que la cita en la casa del procesado tuviera como fin ocasionar lesiones de esa magnitud con el objetivo de atemorizarlo.

Ahora, la Audiencia Provincial condena a los dos procesados a ocho años de cárcel por «un delito de lesiones agravadas, al ejecutar el hecho con abuso de superioridad y de las circunstancias atenuantes de reparación del daño causado y de dilaciones indebidas», reza la sentencia.

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