Miguel de Mata. N. GARCÍA / AGM
Fiscal responsable de Medio Ambiente y Urbanismo

Miguel de Mata: «El maltrato animal se castigará con una pena de prisión eficaz»

«La ley que prepara el Gobierno central intentará que los asuntos de agresiones a mascotas no queden en anécdotas», asegura el fiscal responsable de Medio Ambiente y Urbanismo

Sábado, 10 de septiembre 2022, 01:17

La agresión mortal por parte de un hombre a una perra esta semana en Campos del Río aviva el debate sobre el maltrato animal ... y la ley que prepara el Gobierno central, que previsiblemente entrará en vigor en 2023 y aumentará la pena de prisión hasta los tres años. El fiscal responsable de Medio Ambiente y Urbanismo en la Región, Miguel de Mata, sostiene que «las penas de la actual ley, por su dimensión, no son de cumplimiento, salvo que el acusado tenga antecedentes». Sin embargo, aplaude la nueva norma. «Cuando la gente sepa que por cometer ese tipo de actos puede entrar a la cárcel, todo el mundo estará más concienciado».

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–La muerte de la perra 'Lola' ha conmocionado a los vecinos de Campos del Río. ¿Qué hará la Fiscalía en este caso?

–El fiscal se personará en la causa como en cualquier procedimiento penal. El atestado se ha presentado por parte de la Guardia Civil al juzgado de Instrucción. El fiscal intervendrá como órgano público. En este caso, es un asunto claro y noticiable, ya que hay información de lo que ha ocurrido: el animal ha muerto tras una agresión por parte de un sujeto. Eso es incontestable.

–¿Qué pena se le puede pedir al agresor del animal?

–El tipo delictivo de maltrato animal tiene dos vertientes. Si se ha producido un perjuicio grave para la mascota pero no se le causa la muerte, la pena sería de tres meses a un año de prisión. Pero como la perra ha fallecido, el acusado se enfrenta a 18 meses de cárcel y a una privación de tener animal de compañía de entre dos y cuatro años. ¿Qué ocurre? Estas penas, por la dimensión que poseen, no son de cumplimiento, salvo que el sujeto en cuestión tenga antecedentes penales. El fiscal podría solicitar una pena de unos quince meses, pero hay que esperar a las testificales de los implicados y a los informes que se puedan presentar.

–¿Ahora hay más denuncias por maltrato animal?

–Evidentemente. Las reformas del Código Penal han propiciado una mayor puesta de atención por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad en materia de protección animal. Este tipo de actuaciones han hecho que los grupos de la Guardia Civil y las policías locales tengan más recursos para investigar estos hechos delictivos, por lo que llegan más asuntos a los juzgados que antes.

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«Causar daño a una mascota puede acarrear que el sujeto se quede sin la custodia de los hijos»

–El Gobierno central prepara la nueva ley de Bienestar Animal, que eleva las penas hasta los tres años de cárcel.

–Esa ley intentará que los asuntos de maltrato animal puedan castigarse con penas de prisión; que no haya cabida para la suspensión de la pena, tal y como pasa ahora. Hay situaciones que pueden ser bastante intolerables y causar un impacto importante en la sociedad en materia de maltrato. En esos casos, se intenta que el asunto no quede en una mera anécdota por parte del sujeto activo del delito. Y también que haya una condena eficaz y real, que no se pueda eludir. Esto supone un efecto de prevención general importante para la sociedad. Cuando la gente sepa que por cometer ese tipo de actos se puede entrar a la cárcel y que es algo que no se queda en una mera tarjeta amarilla, en términos futbolísticos, todo el mundo estará mucho más concienciado. Aquí ya se establecerán más medidas de vigilancia y control, por ejemplo, en grandes explotaciones.

«Ahora hay más denuncias que antes y los agentes de seguridad tienen más medios»

–También se ha llevado a cabo una reforma del Código Civil relativa a la custodia de los hijos y las mascotas en casos de separación matrimonial.

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–Sí. En un proceso de separación, una de las últimas modificaciones del Código Civil establece que, en aquellos casos en los que se pueda producir una situación de maltrato o de amenaza para un animal doméstico, se contempla la imposibilidad de obtener la guardia conjunta de los menores. Esto se contempla ya en el artículo 92.7. Si el juez aprecia indicios de que una de las partes está amenazando a la otra con la mascota o está causando un daño físico al perro para hacer daño a su pareja, se le priva de la patria potestad compartida.

22 sentencias con 17 absoluciones y cinco condenas en 2021

La memoria de la Fiscalía de 2022, que recoge los datos del pasado año, revela que se llevaron a cabo nueve diligencias de investigación penal en 2021 que dieron lugar a dos denuncias, ya que el resto se archivaron. En cuanto a los procedimientos judiciales realizados el pasado año, se celebraron 61 juicios por malos tratos a animales domésticos, con un total de diez escritos de acusación por parte del Ministerio Público. De todos estos casos judiciales, se redactaron 22 sentencias, con 17 casos absolutorios y cinco condenas. El informe anual de la Fiscalía apunta que «debería valorarse introducir la modalidad de imprudencia grave en el delito de maltrato animal, pues su lesión grave y muerte se puede cometer no solo por acción u omisión dolosa, sino también por negligencia grave, evitando así una situación de impunidad que se produciría al no apreciar el órgano judicial el dolo eventual».

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