La Justicia dicta las primeras sentencias en la Comunidad que anulan hipotecas con IRPH
El órgano especializado, siguiendo las directrices de la UE, tumba la cláusula por falta de transparencia y abre la puerta a miles de reclamaciones
La titular del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Murcia, el órgano de la Región especializado en préstamos bancarios, ha dictado dos sentencias ... pioneras en la Comunidad que anulan el índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) de hipotecas. En una de ellas, la más reciente, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, la magistrada entiende que esa cláusula debe ser anulada por falta de transparencia. Con esta decisión, el juzgado especializado aplica los criterios que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) puso encima de la mesa a finales del pasado año y abre la puerta a que miles de consumidores batallen en los tribunales para tratar de recuperar parte de su dinero.
Una de estas resoluciones parte de una demanda que el abogado Raúl Noguera presentó en nombre de un cliente que en 2002 firmó una hipoteca. Este reclamó la nulidad de las cláusulas insertas en el préstamo, entre ellas el IRPH, y la devolución, con intereses, de las cantidades cobradas alegando que no se había informado adecuadamente al cliente. La magistrada, en su resolución, concluye que la entidad «no ha acreditado que las cláusulas controvertidas fueron negociadas por las partes» ni que el cliente «pudiera intervenir en la determinación del contenido, ni de los efectos jurídicos y económicos del clausulado». La jurisprudencia europea exige a los bancos garantizar la transparencia en la contratación de hipotecas y proporcionar información clara y accesible a los consumidores.
Abono de gastos
En su sentencia, el juzgado especializado impone a la entidad financiera la obligación de indemnizar al cliente en las cantidades indebidamente cobradas por esa cláusula y añade otros 513 euros para cubrir los gastos de gestoría, notaría y registro de la propiedad del demandante.
La jurisprudencia europea exige a los bancos proporcionar información clara y accesible a los consumidores
El juzgado especializado de la Región ya se pronunció el pasado diciembre de forma similar en el caso de otro titular de una hipoteca que reclamaba la nulidad del IRPH. La magistrada razonaba en esa sentencia, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, que el Tribunal Supremo había la validado esta cláusula en sucesivas ocasiones, pero hacía hincapié en que una nueva sentencia del Tribunal de la Unión Europea (TSUE) concretaba nuevos parámetros de interpretación para valorar la transparencia en la contratación de la misma, el carácter abusivo, la buena fe y el equilibrio, así como para resolver sobre las posibles consecuencias de la nulidad de esa cláusula.
La magistrada entiende que la entidad debe acreditar que las cláusulas controvertidas fueron negociadas por las partes
Tras esa sentencia europea está previsto que el Tribunal Supremo se pronuncie en breve –este mes de julio– sobre la materia y se da por hecho ya que asumirá el criterio marcado por la justicia europea. La deliberación, según la agenda del organismo, se produjo hace unos días. El Alto Tribunal tiene, por tanto, pendiente emitir en breve una sentencia largamente esperada sobre el controvertido índice IRPH. Su fallo podría suponer un hito que beneficie a miles de consumidores.
El Juzgado de Primera Instancia número 16 de Murcia lleva años especializado en préstamos hipotecarios y asume una importante carga de trabajo. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha reclamado reiteradamente su refuerzo.
-
Consumur prevé un importante repuntede las demandas
La Asociación de Consumidores y Usuarios (Consumur) estima que en toda España hay más de un millón de afectados por la cláusula del índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) que se aplicó durante años en este tipo de contratos. «Desde 2020, a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en la que se consideraba que el IRPH podría suponer una cláusula abusiva, por falta de transparencia, Consumur la ha venido reclamando, aunque el tribunal de Murcia no la admitía», explican. «El hecho de que ahora el Tribunal Supremo cambie de criterio y adopte el del TJUE es una muy buena noticia para los consumidores ya que le da más garantía jurídica al procedimiento». Consumur considera que este paso «abre las puertas a un mayor número de reclamaciones a partir de ahora».
La organización hace hincapié en la importancia de que los consumidores reclamen. «Ante la complejidad para muchas personas de entender los préstamos hipotecarios, desde el área jurídica de la organización ofrecemos sin coste alguno el servicio de revisión de la escritura hipotecaria», explican desde la asociación. «En caso de que contenga cláusulas abusivas, les animamos a reclamarlas judicialmente, para lo que se requiere pertenecer como socio a Consumur».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión