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Imagen de archivo del Mar Menor en 2020. J. M. Rodríguez / AGM

Cinco magistrados del TC afirman que la ILP del Mar Menor rompe la seguridad jurídica y va contra la UE

Dicen que la Ley de personalidad jurídica invade competencias autonómicas y que la sentencia de sus «compañeros» no aclara si los agricultores pueden incurrir en «responsabilidad» por poner supuestamente en «riesgo» la laguna

Martes, 3 de diciembre 2024, 15:40

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Los cinco magistrados del Tribunal Constitucional (TC) contrarios a la sentencia de este órgano que avaló la ley de personalidad jurídica del Mar Menor ... basan su posición en otros tantos «motivos». Son «la falta de justificación suficiente para modificar nuestra doctrina sobre la protección del medio ambiente derivada del artículo 45 de la Constitución Española; la extralimitación competencial de la Ley 19/2022, que sobrepasa la condición de norma 'básica' de protección del medio ambiente y cercena las competencias autonómicas en la materia (artículos 149.1.23 de la CE); la quiebra del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE) como consecuencia, por una parte, de la notoria indefinición del régimen jurídico de la nueva personalidad jurídica creada y, por otra, del impreciso contenido de la ley en cuanto a los derechos atribuidos a esa nueva 'persona' y a su relación con las múltiples normas de protección medioambiental sobre el mismo espacio físico; y, finalmente, la contravención del Derecho de la Unión Europea».

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