Borrar
Una patera en las costas de la Región de Murcia, en una imagen de archivo. LV.

El Supremo anula la sentencia que mantiene en prisión a dos pateristas detenidos en Cartagena

El Alto Tribunal insta al TSJ a pronunciarse sobre la libertad de los dos condenados, que se anunciaban por WhatsApp y Facebook

Martes, 21 de junio 2022, 08:36

Comenta

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que mantiene en prisión a dos pateristas argelinos a los que la Audiencia Provincial condenó a dos años de cárcel por enriquecerse con el traslado a España de compatriotas y marroquíes en situación irregular.

Los dos procesados, tras llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, fueron condenados a dos años de prisión. La Audiencia, sin embargo, rechazó la petición de las defensas para que esa pena quedara en suspenso y pudieran abandonar la cárcel. El TSJ rechazó el recurso presentado por los abogados de los pateristas y la Fiscalía sin entrar a conocer el fondo del asunto, pero el Supremo ordena ahora que se anule esa resolución y que el tribunal murciano se pronuncie al respecto.

Hasta 3.200 euros por viaje

Según consta en la sentencia, los procesados, que asumieron los hechos ante el tribunal, llegaban a cobrar hasta 3.200 euros a cada inmigrante que quería enrolarse en uno de sus viajes. Para captar a los tripulantes de las barcazas, estos se valían de redes como Facebook o WhatsApp a través de las cuales divulgaban vídeos de los viajes y detalles del trayecto.

Los dos condenados se encuentran en prisión provisional desde el 17 de diciembre de 2020. Días antes fueron interceptados frente al litoral de Cartagena cuando trataban de llegar a tierra a bordo de una patera con 9 inmigrantes a bordo. Según consta en la resolución, la barcaza partió de las costas de Argelia conducida por un hombre, que no pudo ser identificado, que había sido contratado por uno de los procesados. Sin embargo, a los pocos minutos, volvió a la costa debido al mal estado del mar.

Fue entonces cuando el propio acusado, quien previamente a iniciar la travesía había cobrado a cada uno de los inmigrantes que viajaron la cantidad aproximada de 650.000 dinares argelinos (unos 3.200 euros), se encargó de patronear la embarcación hasta España. El otro procesado se ocupaba de ayudar, manejando una brújula que utilizaban para orientarse y de achicar agua, encargándose ambos de repostar el combustible.

La patera, según destaca la sentencia, no tenía capacidad para llevar a nueve personas, y no estaba habilitada para realizar trayectos de120 millas náuticas (193 km), ni para soportar condiciones de viento y oleaje, menos con tantas personas a bordo. Tampoco contaba con los mínimos elementos de seguridad, no había chalecos salvavidas, ni bengalas, ni balizas de señalamiento o botiquín, ni dispusieron los ocupantes de la embarcación de comida y agua durante la travesía. Esto, junto con el sistema de repostaje mediante el uso de bidones con el motor en marcha, puso en serio peligro la vida e integridad de todos los que viajaron a bordo.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

laverdad El Supremo anula la sentencia que mantiene en prisión a dos pateristas detenidos en Cartagena

El Supremo anula la sentencia que mantiene en prisión a dos pateristas detenidos en Cartagena