Ocho particulares se personarán como afectados por el suelo tóxico de Zinsa
Vecinos de Torreciega piden ser reconocidos como damnificados tras constatar presencia de plomo en su sangre
La causa judicial que persigue el sellado de las balsas y la descontaminación de los suelos de la antigua Zinsa da un nueva ... vuelta de tuerca. Este jueves, ocho particulares acudieron al Juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena para intentar personarse en la causa como damnificados por la polución que, dicen, ha «envenenado» su sangre con residuos procedentes del tratamiento de metales pesados expuestos y transportados hasta sus viviendas de Torreciega, ya sea arrastrados por el viento o por la lluvia.
El motivo de dar este paso, afirma a este periódico Pedro Gálvez, uno de los vecinos que se consideran damnificados, es que la causa no podría continuar abierta. En este sentido, señala que no quiere que el caso, todavía en diligencias previas, se acabe cerrando en falso sin dirimir posible responsabilidad ante lo que considera un riesgo evidente para la población por exposición a residuos tóxicos derivados de la antigua fundición estatal.
Su abogada, María Isabel Núñez, ha elevado al juzgado un escrito, al que ha tenido acceso LA VERDAD. En el mismo, la letrada trata de desacreditar otro documento aportado por la defensa de Cartagena Parque, la empresa vinculada al empresario Tomás Olivo y que ostenta la propiedad de parte de los terrenos de la antigua Española del Zinc.
Cartagena Parque alega que el terreno donde están las balsas no es suyo y que, por tanto, no está obligada a descontaminar
La abogada adjunta un documento donde la Organización Mundial de la Salud, a su entender, deja claro que no hay nivel de plomo en sangre que sea inocuo para el ser humano, mientras que la defensa de la empresa estima que ese limite, según el mismo organismo, está en 5 microgramos por decilitro. La analítica de Pedro Gálvez arrojó un valor de 3,1.
La letrada, asimismo, saca a relucir una sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativo a un caso de contaminación en una localidad italiana, donde señala que el Estado tiene la obligación de proteger el derecho a la vida y la salud de los ciudadanos «incluso ante la falta de certeza científica absoluta sobre los efectos precisos en cada individuo».
A juicio de Núñez, los niveles de metales pesados detectados en su cliente no son un «hecho fortuito», sino derivado de la «omisión institucional sostenida por parte de las autoridades competentes, quienes, teniendo (o debiendo tener) conocimiento del grave riesgo existente, no adoptaron las medidas preventivas y correctoras con la celeridad exigible».
Por esta situación, la abogada considera que Gálvez es víctima de una vulneración de sus derechos fundamentales al verse afectados el derecho a la vida y la integridad física y el respeto a su vida familiar y privada y su domicilio.
En el mismo documento se señala que en la antigua Zinsa confluyen propiedades de Cartagena Parque y de otra empresa, Maquinasa. La primera de ellas, por su parte, presentó al juzgado otro escrito. El letrado de la mercantil, Luis Felipe Fernández de Simón señala que, tras consultar con el Registro de la Propiedad, han concluido que Cartagena Parque únicamente sería propietaria efectiva de la parte de la zona donde hoy están los escombros de la antigua zona de fabricación. No así de las balsas, donde se acumula agua mezclada con otros contaminantes, «por lo que entendemos que no existe obligación alguna de descontaminar dichos suelos al no corresponderse con la finca adjudicada a mi representada».
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