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Jueves, 15 de noviembre 2018, 03:23
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No habla de trasvases, sino de la planificación y gestión del agua en un escenario de menos recursos disponibles. El borrador del anteproyecto de ley de Cambio Climático y Transición Energética alerta del riesgo que existe para cubrir las necesidades de los regadíos y del impacto sobre las actividades socioeconómicas, y propone anticiparse con medidas que reduzcan su vulnerabilidad. El documento, al que ha tenido acceso 'La Verdad', solo dedica un artículo -de los 31 que contiene- al agua de forma específica. El Ministerio tiene previsto aprobar otra ley de Transición Hidrológica que abordará de una forma más amplia la gestión del agua y los trasvases.
El borrador puede experimentar cambios, en función de las aportaciones que realicen los colectivos afectados, como el Sindicato de Regantes del Trasvase Tajo-Segura, cuyo presidente, Lucas Jiménez, anunció anoche que realizarán varias propuestas para que se incluya la construcción de las infraestructuras necesarias. «La ley es una declaración de principios, a la espera de lo que suceda posteriormente con la gestión del agua», apuntó en referencia a la siguiente ley de Transición Hidrológica, que es la que más interesa a los regantes del Segura porque creen que entrará al detalle.
Jiménez explicó que el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, les animó a hacer aportaciones. «La ley no incluye soluciones basadas en las infraestructuras, que tan buen resultado dan en la cuenca del Segura para los periodos de escasez y de avenidas». A su juicio, el punto clave de la ley es el que asocia el cambio climático a las actividades socioeconómicas.
En el borrador, el Ministerio indica que la planificación y gestión hidrológica, en coherencia con las demás políticas, deberá considerar los riesgos derivados del cambio climático a partir de la información disponible. En este sentido, debe incluir los riesgos derivados de los previsibles cambios en los regímenes hidrológicos y los recursos de los acuíferos, relacionados a su vez con cambios en factores como las temperaturas, las precipitaciones o la acumulación de la nieve.
La planificación también debe tener en cuenta los riesgos de los cambios en frecuencia e intensidad de extremos climáticos, en relación con la ocurrencia de episodios de avenidas y sequías; así como el incremento de la temperatura del agua y el ascenso del nivel del mar.
La ley se perfila como un nuevo manual de instrucción por parte de las confederaciones hidrográficas, que tendrán que detectar los impactos sobre las necesidades de agua para regadío, así como en las masas de agua superficial y subterránea. También deben incluir criterios de adaptación y aumento de la resiliencia frente al cambio climático para la identificación, evaluación y selección de las medidas, incluidas las soluciones basadas en la naturaleza. Asimismo, se realizará un seguimiento de los impactos asociados al cambio del clima para ajustar los programas de medidas.
Por último, propone anticiparse a los impactos previsibles del cambio climático, identificando y analizando el nivel de exposición y la vulnerabilidad de las actividades socioeconómicas y los ecosistemas, y contemplando en los planes hidrológicos medidas que disminuyan tal exposición y vulnerabilidad. Se tomará en especial consideración los fenómenos climáticos extremos, desde la probabilidad de su ocurrencia, su intensidad e impacto.
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