El trámite anual que debes realizar para no perder el subsidio para mayores de 52 años
El SEPE recuerda que en caso de no hacerlo se estará cometiendo una infracción
Ana de Dios
Lunes, 27 de enero 2025, 12:08
Las personas mayores de 52 años que hayan agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo pueden solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Se trata de una ayuda económica gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), destinada a quienes se encuentran en esta situación, hasta que logren reincorporarse al mercado laboral o alcancen la edad de jubilación.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que actualmente se traduce en 480 euros al mes. Cabe destacar que, a pesar de la reforma del paro que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, en la que las cuantías se incrementaron hasta 570 euros durante los primeros seis meses, el subsidio para mayores de 52 años no se vio afectado por este cambio.
Para acceder a este subsidio, es necesario cumplir una serie de requisitos específicos y respetar las obligaciones que establece el SEPE. En caso de incumplimiento, el organismo considerará que se ha cometido una infracción, la cual puede clasificarse como leve, grave o muy grave. Las sanciones por estos incumplimientos pueden incluir la suspensión temporal del pago del subsidio, la extinción de la ayuda o incluso la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica en el futuro.
El trámite anual para los beneficiarios del subsidio
El SEPE recuerda a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años que deben presentar anualmente una declaración de sus rentas, acompañada de la documentación que las justifique. Este trámite debe realizarse cada vez que transcurran doce meses desde el inicio del subsidio o desde su última reanudación. El plazo para presentar esta declaración es de quince días hábiles a partir de la fecha indicada. Si el beneficiario no presenta la declaración anual dentro del plazo establecido, se interrumpirá el pago del subsidio y la cotización a la Seguridad Social.
🔵 Los beneficiarios del subsidio de mayores 52 años deberán presentar cada año una declaración de sus rentas acompañada de la documentación que las justifique.
— SEPE (@empleo_SEPE) January 21, 2025
Puedes presentar tu DAR a través de PRESOLICITUD 👉 https://t.co/QUpl413Q04 pic.twitter.com/OdF2nHcAUU
Además, si en la declaración se comunica, o el SEPE detecta, que durante los 12 meses anteriores no se ha cumplido el requisito de carencia de rentas en algún momento, el subsidio será suspendido desde la fecha en la que se dejó de cumplir dicho requisito. En este caso, el subsidio podrá reanudarse cuando el beneficiario vuelva a cumplir las condiciones, pero se regularizarán las cantidades cobradas de forma indebida.
¿Cómo realizar la declaración anual?
La declaración anual de rentas puede tramitarse de forma sencilla a través de Internet, en la Sede Electrónica del SEPE. Para ello, es necesario contar con un certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. En caso de no disponer de acceso electrónico o si las rentas del beneficiario requieren un análisis más detallado, deberá acudir a una oficina del SEPE para completar el trámite presencialmente.