La clave para poder reclamar la devolución de la plusvalía municipal al vender una casa o recibir una herencia
Se trata de un impuesto directo que grava el incremento del valor de los inmuebles con el paso de los años
Ana de Dios
Lunes, 16 de diciembre 2024, 16:50
La plusvalía municipal es un impuesto directo que grava el incremento del valor de los inmuebles con el paso de los años y está regulado por el Real Decreto Ley 26/2021, siendo competencia de cada ayuntamiento. No solo deben abonarlo aquellos que vendan sus viviendas, sino que también afecta a garajes, trasteros, terrenos, locales y otros bienes inmuebles. Los terrenos y fincas rústicas están exentos del pago de la plusvalía municipal en el momento de transmisión y venta . Sin embargo, muchas personas tienen dudas sobre este impuesto, especialmente cuando la venta de un inmueble no genera ningún beneficio.
Además, quienes ya lo han abonado se preguntan si es posible reclamarlo en estas circunstancias, y la respuesta es que sí, aunque depende de varios factores, como la normativa local y la situación específica de la transacción inmobiliaria. En resumen, la clave es que no haya existido un incremento en el valor del bien, tal y como han reconocido algunas sentencias judiciales.
Eso sí, se recomienda pagar el impuesto y luego reclamarlo. Bajo ningún concepto debe dejarse sin pagar, para evitar problemas posteriores como sanciones y recargos. Una vez abonado, se puede iniciar el proceso de reclamación.
Cómo reclamarlo y qué plazo tienes para hacerlo
La reclamación de la plusvalía municipal puede ser un proceso complejo y tedioso, por lo que es fundamental asesorarse con profesionales. En primer lugar, es importante recopilar toda la documentación relacionada con la transmisión del inmueble, como el contrato de compraventa, las escrituras y los recibos de pago del impuesto.
También será necesario un informe técnico en el que un especialista determine el valor del suelo en el momento de la adquisición y en el de la transmisión, para analizar si efectivamente ha habido un incremento en el valor del terreno. Posteriormente, se debe presentar una reclamación formal ante el ayuntamiento correspondiente, solicitando la devolución del importe pagado indebidamente.
Cualquier persona que haya pagado el impuesto de plusvalía municipal puede reclamar su devolución si considera que el pago fue indebido. Esto incluye a propietarios que hayan vendido un inmueble con pérdidas o realizado una transmisión gratuita, como donaciones o herencias. También pueden reclamar los herederos de una persona fallecida que abonó el impuesto en vida.
En cuanto al plazo para presentar la reclamación, este varía según la normativa local y la jurisprudencia de cada jurisdicción. Si el impuesto se gestionó mediante autoliquidación, el plazo para reclamar es de 4 años. En cambio, si se realizó mediante liquidación (cuando el cálculo lo hace el ayuntamiento), el plazo es de solo 1 mes. Por ello, se recomienda iniciar el proceso lo antes posible tras la transmisión del inmueble.