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Un joven en una silla de ruedas, en una imagen de archivo. M. M.

Cinco ayudas complementarias que puedes pedir si tienes una incapacidad permanente

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite la compatibilidad de algunas prestaciones

María Ramírez

Miércoles, 27 de noviembre 2024, 19:21

La incapacidad permanente se refiere a la situación de un trabajador que, tras haber estado de baja por un accidente o una enfermedad profesional, presenta unas secuelas que parecen ser definitivas. Estas impiden que la persona pueda realizar su trabajo con normalidad o reducen su capacidad para desempeñarlo. Ante esta situación, se le concede una prestación que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre por no poder volver a su puesto.

Para acceder a esta pensión, hay que cumplir con una serie de requisitos impuestos por la Seguridad Social. En el caso de que la incapacidad provenga de un accidente, ya sea laboral o no, o de una enfermedad profesional, no se exige un periodo previo de cotización. Existen cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez. La cuantía a recibir varía según la categoría que se le haya reconocido al empleado.

Algunas de ellas no cubren el 100% de la base reguladora que cobraba en la empresa, como es el caso de la incapacidad total, que se fija en un 55% y se incrementa un 20% más a partir de los 55 años cuando, por diferentes circunstancias, se considere que es difícil encontrar un empleo en una ocupación diferente a la habitual. Por este motivo, muchos se preguntan si es posible solicitar otras ayudas para complementar la pensión.

Para acceder a algunas de ellas, hay que demostrar que los ingresos que se perciben son inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 850,50 euros al mes en 2024. Estas son cinco prestaciones compatibles con la incapacidad permanente total:

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    Ayuda familiar

Está dirigida a menores de 52 años que estén desempleados y que tengan cargas familiares. Hay que tener en cuenta que la cantidad exacta que se recibe depende directamente de las circunstancias personales y familiares del beneficiario.

  1. 2

    Subsidio para mayores de 45

Como indica su propio nombre, los destinatarios tienen que tener cumplidos los 45 años. Además, se exige que no tengan responsabilidades familiares a su cargo y que estén inscritos como demandantes de empleo, entre otras condiciones que se deben consultar en la página web oficial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El importe es de 480 euros al mes y solo se puede cobrar durante seis meses.

  1. 3

    Subsidio para mayores de 52

Esta ayuda se puede mantener hasta la edad de jubilación, siempre que se cumplan una serie de requisitos. Cabe destacar que aquellos que la perciban se beneficiarán también de cotizar el 125% de la base mínima de cotización vigente.

  1. 4

    Renta Activa de Inserción (RAI)

Se trata de un programa que tiene la finalidad de incrementar las oportunidades de reinserción laboral de la persona en cuestión, como los que tienen una discapacidad. Aquellos que cumplan con las condiciones para acceder a él recibirán una aportación económica de 11 meses como máximo.

  1. 5

    Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

Una de las características que se piden es que el solicitante sea un parado de larga duración y que esté inscrito como demandante de empleo al menos durante 360 días. Esta ayuda, que se ingresa en cuantías de 480 euros al mes, solo se puede percibir durante 180 días.

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