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Un contribuyente realiza la Declaración de la Renta, en una imagen de archivo. Sur

Renta 2023: En qué casos es obligatorio declarar el Bono Alquiler Joven

Estos son los requisitos para no tener que incluir el importe de esta ayuda en el trámite

María Ramírez

Lunes, 22 de abril 2024, 10:01

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La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arrancó el pasado 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio, un día más de lo habitual debido a que el 30 de junio cae este año en domingo. De este modo, los contribuyentes tienen casi tres meses para ajustar sus cuentas con la Agencia Tributaria. A la hora de realizar este trámite, hay que tener en cuenta que las ayudas percibidas durante un ejercicio tributan como ingresos patrimoniales, por lo que los beneficiarios deben añadirlas como ganancias.

Una de las dudas más recurrentes está ligada al Bono Alquiler Joven, ya que algunos ciudadanos la han percibido únicamente durante unos meses o su situación económica no les obliga a presentar este documento. En concreto, esta ayuda se corresponde con una transferencia mensual de 250 euros a los menores de 35 años para facilitar el acceso a la primera vivienda o aliviar los gastos de arrendamiento en el caso de que la persona ya se encuentre emancipada.

Su solicitud está ligada al cumplimiento de una serie de requisitos, como que el precio no exceda los 600 euros al mes para una vivienda y los 300 para una habitación, o en su defecto, los importes fijados por cada comunidad autónoma. Además, se exige que el inquilino no tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el casero ni que los ingresos anuales de los solicitantes tripliquen el IPREM.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se ha pronunciado para detallar en qué casos hay que declarar la cuantía percibida. En concreto, será obligatorio si en 2023 se recibieron más de 1.000 euros anuales en concepto de este bono. No obstante, hay que tener en cuenta que si se percibió menos de esta cantidad pero a la suma de otras ayudas públicas, subvenciones para adquirir vivienda de protección oficial o precio tasado, rentas imputadas inmobiliarias y rendimientos no sujetos a retención de letras del Tesoro, se exceden los mil euros, también habrá que declararlo.

Por ejemplo, si el año anterior una persona se benefició de esta ayuda durante los doce meses (3.000 euros en total) o solo seis meses (1.500 euros en total), tendrá que presentar la Renta e incluir el ingreso porque obtuvo más de mil euros de ayudas públicas. Por otro lado, aquellos que la cobraron solo tres meses (750 euros en total) pero recaudaron 400 euros del Bono Cultural y lo gastaron entero, también deberán declararlo porque excedieron el umbral de los 1.000 euros.

En qué casilla se incluye

Habrá que indicar el monto en la casilla 0303, 'Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales'. No obstante, como indica la OCU, lo habitual es que ya aparezca en los datos fiscales y Renta Web lo traslade al lugar correspondiente del formulario. Asimismo, el organismo recuerda que este requerimiento no equivale a tener que pagar impuestos, por lo que el resultado puede salir a pagar o a devolver.

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