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Ana de Dios
Lunes, 2 de diciembre 2024, 19:59
La tributación por módulos es un régimen fiscal en España dirigido a trabajadores autónomos y pequeñas y medianas empresas (PYMES), ofreciendo un método simplificado para calcular y pagar impuestos. A diferencia de la estimación directa, donde los impuestos se calculan sobre la base de ingresos reales, el régimen de módulos permite a los contribuyentes calcular su base imponible mediante parámetros específicos (módulos), como metros cuadrados del negocio, número de empleados, consumo de energía, entre otros.
-Para acogerse a este régimen, los contribuyentes deben cumplir una serie de condiciones establecidas por la Agencia Tributaria:
-Personas físicas o entidades de atribución de rentas en el IRPF: Este régimen se aplica a personas físicas o a entidades en régimen de atribución de rentas, siempre que todos sus socios o comuneros sean personas físicas.
-Actividades incluidas en el régimen: La actividad del solicitante debe estar contemplada en la Orden Ministerial que regula el régimen de módulos y no superar las magnitudes específicas establecidas para dicha actividad.
-Límites de ingresos: En el año anterior, el volumen de ingresos no puede superar los 250.000 euros para actividades económicas generales. Para actividades agrícolas, forestales o ganaderas, se establece un límite de 250.000 euros. En caso de que la actividad comenzara en el año previo, los ingresos anuales se calcularán proporcionalmente.
-Límite en adquisiciones e importaciones: Las compras de bienes y servicios, sin incluir activos fijos, no deben superar los 250.000 euros anuales (excluyendo IVA). Si la actividad comenzó el año anterior, el límite se ajusta proporcionalmente.
-Compatibilidad con otros regímenes: Las actividades del contribuyente no deben estar en otro régimen incompatible con el simplificado del IVA. Sin embargo, el régimen de módulos es compatible con los regímenes especiales de agricultura, ganadería, pesca y con el recargo de equivalencia.
Condiciones adicionales: Para acogerse a este sistema, los contribuyentes no deben haber renunciado previamente al régimen de módulos ni al de estimación objetiva del IRPF.
Para aplicar este tipo de tributación en 2025, los interesados pueden realizar su solicitud a partir del 1 de diciembre de 2024 y hasta el 1 de enero de 2025, aunque es probable que el plazo se puede alargar. Durante este periodo también pueden optar por el sistema de 'IVA de caja', que permite diferir el pago de este impuesto hasta que se cobre una factura. Esto representa una ventaja significativa para autónomos con problemas de liquidez, ya que evita el pago del IVA sobre facturas pendientes de cobro.
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