El Supremo exculpa a Pilar Barreiro de prevaricación en 'Novo Carthago'
Sostiene que no hay indicios de delito en la alcaldesa y declara el sobreseimiento libre, lo que en la práctica supone que ya no podrá reabrirse la causa por esos mismos hechos
Ricardo Fernández
Jueves, 7 de mayo 2015, 01:53
El magistrado José Ramón Soriano, integrado en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, no solo ordenó ayer el archivo de los cargos de supuesta prevaricación que pesaban sobre la alcaldesa de Cartagena y diputada nacional, Pilar Barreiro, sino que además ordenó que el sobreseimiento fuera libre y no provisional. Una decisión insólita, teniendo en cuenta que en la práctica equivale a una sentencia absolutoria y que impedirá reabrir el caso incluso si surgen nuevos datos que la incriminan. Algo que no es descartable, al menos en un plano estrictamente teórico, teniendo en cuenta que la mayor parte de la causa sobre 'Novo Carthago' -con miles de folios y una veintena de imputados- sigue siendo investigada en estos momentos por el Juzgado de Instrucción número 2 de Murcia.
El contundente archivo de las actuaciones contra Pilar Barreiro causó ayer iguales sorpresa e indignación entre las acusaciones populares personadas en el procedimiento -IU, PSOE y ANSE-, sobre todo si se tiene en cuenta que alguna de ellas, como la primera, ya había solicitado la práctica de una amplia serie de diligencias.
No dice si es recurrible o no
Pues bien, antes incluso de conocer qué respuesta han merecido sus propuestas por parte del magistrado -si es que ha llegado a pronunciarse a ese respecto, pues ayer no existía constancia de ello-, se enteraron de que el instructor del Supremo había decidido ponerle punto y final a la investigación. Aunque a priori parece que la resolución es recurrible por las partes, el magistrado ni siquiera aclara si existe la vía del recurso o si el auto es firme.
Básicamente, Soriano establece que la investigación que ha desarrollado no ha permitido obtener «vestigio alguno del delito investigado», por lo que considera que solo hay lugar para el archivo de la causa. En concreto, aclara, las diligencias que ha practicado han consistido en tomarle declaración a la imputada Barreiro, quien el 5 de marzo acudió al Supremo acompañada por sus abogados, José Pardo Geijo y Raúl Pargo-Geijo Ruiz, y en estudiar los documentos y planos que aportó la alcaldesa.
Pues bien, sostiene el instructor que todo ello lleva a la conclusión de que el Ayuntamiento de Cartagena se ciñó a la ley para tramitar el proyecto Novo Carthago, que promovía la construcción de miles de viviendas, dos hoteles y dos campos de golf en unos terrenos, situados junto al Mar Menor, que estaban parcialmente protegidos por la legislación ambiental. Y señala que si se permitió construir un campo de golf sobre la zona protegida fue porque así lo permitía el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado por la Consejería de Medio Ambiente.
Pasa por alto el magistrado, sin embargo, que el citado PORN fue aprobado de manera supuestamente ilegal y que varios de los funcionarios que participaron en su tramitación, entre ellos el entonces consejero de Agricultura y Medio Ambiente, Antonio Cerdá, están imputados por esa razón.
En el mismo sentido razona el magistrado Soriano que los técnicos del Ayuntamiento de Cartagena tampoco hicieron advertencia alguna de ilegalidad, obviando que son varios los funcionarios públicos del Consistorio encartados actualmente por supuesta prevaricación en la tramitación de ese plan urbanístico.
Admite el instructor que el sobreseimiento libre supone que la causa contra Barreiro ya no podrá ser reabierta aunque aparezcan nuevos indicios o pruebas del supuesto delito de prevaricación, aunque argumenta que ello «no es óbice para que la imputada, en lo sucesivo, pueda resultar -en el plano hipotético- responsable de cualquier otro delito derivado de la investigación que se sigue en Murcia».