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Qué vehículos pueden conducir los menores de edad, según la DGT. Fotolia

Qué vehículos pueden conducir los menores de edad, según la DGT

La Dirección General de Tráfico recuerda los permisos y licencias que pueden adquirir los jóvenes de menos de 18 años

Domingo, 16 de octubre 2022, 15:29

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La Dirección General de Tráfico (DGT) publica en su revista que hay en España 57.000 conductores menores de edad. La DGT recuerda que para conducir vehículos de motor legalmente, no es necesario ser mayor de edad. En la actualidad existen cuatro autorizaciones administrativas distintas, dos permisos y dos licencias, que permiten conducir antes de cumplir los 18 años. Para obtener cada una de ellas será condición necesaria pasar el correspondiente examen de aptitudes psicofísicas.

Requisitos

1. Motocicleta. Para obtener el permiso de la clase A1 es necesario pasar dos pruebas teóricas -común y específica de moto-, y dos prácticas, maniobras en circuito cerrado y circulación en tráfico abierto. El permiso A1 es el primer permiso disponible de motos. Autoriza a conducir motocicletas sin sidecar con tres condiciones: cilindrada máxima de 125 cc, potencia máxima de 11 kilovatios (15 CV) y relación potencia/peso no superior de 0,1 kW/kg. También triciclos de motor, ciclomotores, cuadriciclos ligeros y vehículos de movilidad reducida.

2. Ciclomotor. Para ser titular del permiso AM siendo menor de edad es necesario aprobar dos exámenes: uno teórico específico y una prueba práctica en pista, con maniobras adecuadas al tipo de ciclomotor (estacionamiento, zig-zag, cambio de sentido...). La edad para obtener un permiso comienza a los 15 años, con el AM. Este autoriza a conducir ciclomotores hasta 50 cc, de dos y tres ruedas, y cuadriciclos ligeros, esos pequeños 'coches' con motores de gasolina hasta 50 cc, y de otros tipos (también eléctricos).

3. Agrícola. Para obtener la licencia es necesario tener 16 años cumplidos y aprobar dos pruebas, una teórica y otra práctica de maniobras en circuito cerrado. La licencia de vehículos agrícolas (LVA) es una de las dos licencias disponibles actualmente en España y puede obtenerse desde los 16 años. La LVA autoriza a conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y con remolque, cuya velocidad máxima no pase de los 45 km/h, o no superen el peso ni las dimensiones establecidos para los vehículos ordinarios.

4. Discapacitados. La licencia disponible es la LCM. Como en el resto de permisos y licencias, para obtener la LCM, el aspirante, además de tener 14 años cumplidos, deberá superar dos pruebas: una teórica específica de control de conocimientos y otra práctica de control de aptitudes y comportamientos en pista. La licencia LCM se puede obtener a partir de los 14 años y autoriza a conducir vehículos para personas con movilidad reducida. Aunque, para transportar pasajeros, su titular deberá tener al menos 16 años.

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