Teleoperadoras trabajando en una empresa de 'telemarketing'. Fotolia

Esta es la hora a la que no te podrán llamar las teleoperadoras

Las compañías telefónicas ya no pueden contactar con los clientes en estas franjas horarias

La Verdad

Lunes, 3 de enero 2022, 13:31

Las llamadas de las operadoras de telefonía son una de las acciones que levantan malestar entre la población. Los contactos comerciales a la hora de la siesta acaban con el descanso de los consumidores y, por ello, desde el 1 de enero de este 2022, las operadoras no pueden llamar entre las 15.00 y las 16.00 horas.

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A diferencia de la publicidad que se realiza con otros productos, las compañías telefónicas utilizan las llamadas comerciales como uno de los métodos para que los clientes conozcan sus ofertas. El problema de esta forma de contacto de las operadoras surge por las horas a las que realizan las llamadas ya que, en ocasiones, rompe con el descanso de los clientes o se reciben en momentos inoportunos. Por ello, el nuevo código de conducta de MásMóvil, Orange, Telefónica y Vodafone, limita el horario de las llamadas comerciales de 9.00 horas a 21.00 horas entre semana. Además, prohíbe las llamadas entre las 15.00 y las 16.00 horas o en los fines de semana.

A esta medida se suman otras como que el máximo de llamadas a un cliente a lo largo de un mes sea de tres y que, en caso de que rechace la oferta, no podrá ser contactado hasta dentro de tres meses para recibir una nueva. El usuario se encuentra más protegido, ya que también se aumentarán las garantías para evitar el contacto con clientes inscritos en la 'Lista Robinson'. El usuario deberá conocer el número desde el que le llaman, así como el motivo de la llamada, la marca comercial que le contacta y la base de datos de la que se extrae su nombre.

Las compañías tampoco podrán aceptar una contestación interpretable como una respuesta afirmativa a cambiar de operadora o a una acción que conlleve un desembolso económico. Las operadoras también se comprometen a implementar un procedimiento con el que los clientes puedan reclamarcar en caso de recibir prácticas contarias al nuevo código de conducta.

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