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Un bebé en brazos de su padre. FOTOLIA

Los diferentes tipos de familia que propone el borrador de la ley y las ayudas que permite

El borrador del anteproyecto de ley reconoce a 16 unidades familiares distintas e incluye la ampliación de varias prestaciones para el cuidado de los hijos

Mónica Millán Valera

Sábado, 26 de noviembre 2022, 15:23

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Está previsto que el próximo martes el Consejo de Ministros apruebe la nueva ley de familias diseñada por el Ministerio de Derechos Sociales. Así lo anunció la ministra lone Belarra durante su intervención en el Congreso de los Diputados el pasado miércoles 23. Este acuerdo incluye la ampliación de la ayuda a la crianza de 100 euros, nuevos permisos de cuidado, un incremento de la financiación de la atención en dependencia y una nueva clasificación de los diferentes tipo de familias.

El reconocimiento a estas 16 tipos de familias diferentes está recogido en el borrador del anteproyecto de ley, que todavía no se ha hecho público, al que ha podido tener acceso el diario ABC. Esta es la clasificación y las ayudas con las que contaría cada una de las familias.

Familia biparental

Esta unidad familiar la integran dos personas que tengan o hayan tenido una relación matrimonial o estén unidas como pareja de hecho, y sus descendientes, comunes o no, o personas menores de edad bajo su tutela, guarda o acogimiento.

Familia monomarental o monoparental

Se considera una familia monomarental o monoparental la que está formada por un adulto y uno o más descendientes naturales hasta el segundo grado de consanguinidad, menores bajo su guardia y custodia exclusiva, o que estén acogidos en régimen permanente o guarda con fines de adopción cuando se trata de la única persona acogedora o guardadora.

Familia joven

Una persona menor de 29 años y sus descendientes o dos personas con una edad inferior a 29 años que están casadas o son pareja de hecho y tienen descendientes o personas bajo su tutela, guarda o acogimiento componen una familia joven.

Familia LGTBI homomarental y homoparental

Está integrada por una persona perteneciente a alguno de los colectivos LGTBI, es decir, personas lesbianas, gais, trans, bisexuales, intersexuales o pertenecientes a otras minorías sexuales o de género, o por dos personas del mismo sexo o género, que mantienen un vínculo matrimonial o como pareja de hecho, y tienen descendencia, común o no, o menores en acogimiento o tutela.

Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza

Se refiere a las familias numerosas y a todos los casos que se equiparan a ella según el artículo 2 de la actual Ley de Protección a las Familias Numerosas.

Familia múltiple

Se entiende por familia múltiple aquella donde la madre da a luz dos o más bebés o se produce la adopción o acogimiento de dos o más menores.

Familia reconstituida

Cuando la familia está formada por los hijos o hijas de vínculos anteriores de uno o ambos miembros de la pareja.

Familia inmigrante

Una unidad familiar en la que todos o parte de sus componentes procede de otro país y se establecen en España.

Familias transnacionales

Se considera de tipo transnacional cuando alguno o algunos de sus integrantes tiene su residencia fuera del territorio nacional.

Familia intercultural

Cuando la familia la integran personas procedentes de entornos culturales o étnicos diferentes.

Familia en el exterior

En este caso alguno de sus componentes tiene reconocida la nacionalidad española durante su residencia en otro país.

Familia retornada

Unidad familiar en la que alguno de sus integrantes tiene reconocida la nacionalidad española durante el primer año tras retornar a España después de residir, al menos, un año en el exterior.

Familia en situación de vulnerabilidad

Cuando la familia se encuentra en una situación económica de fragilidad, precariedad, indefensión o riesgo de exclusión.

Personas unidas en matrimonio

Unidad familiar formada por una pareja independientemente de la forma matrimonial reconocida legalmente que la una. También se refiere a las personas que convivan con sus ascendientes, o con quien dependen de ellos por filiación, adopción, tutela, guarda o acogimiento, y las que tengan a su cargo.

Pareja de hecho

Una pareja de hecho la forman dos personas unidas por una relación afectiva análoga a la conyugal, mayores de edad o personas menores de edad emancipadas, que estuviesen solteras, divorciadas o fuesen viudas, y que no formen parte de otra pareja de hecho, sin vínculo de parentesco hasta el segundo grado, cuando conste registrada como tal en el registro estatal de parejas de hecho.

Persona solas

Según recoge ABC, en la ley de familias «se contempla una previsión según la cual las prestaciones y medidas derivadas de la presente ley podrán aplicarse también a las personas que vivan solas o en unidades de convivencia no familiares cuando así se prevea expresamente».

Nuevas ayudas

Ione Belarra anunció en el Congreso que con la ley de familias se va a ampliar la renta de crianza que es una ayuda de 100 euros que podrán solicitar todas las familias por cada hijo de 0 a 3 años. Y, como informa ABC, las familias monoparentales también tendrán derecho a acceder a los beneficios y prestaciones que hasta ahora se reservaba para las familias numerosas. Por tanto, podrán acogerse, según ABC, a una ayuda de 100 euros al mes por familia numerosa de 3 hijos; derechos de preferencia para conseguir becas; bonificaciones del 20% o el 50% en las tarifas de transporte o en los precios de museos; acceso a ayudas financieras o preferencia en el acceso a viviendas protegidas o un bono social para pagar la luz.

También se ampliará, según fuentes del Ministerio, los permisos para que los progenitores dispongan de hasta 8 semanas para cuidar a su hijo entre los 0 y los 8 años. Además, la ministra dijo que los Presupuestos Generales para 2021 incluirá un «incremento adicional de 600 millones para la atención a la dependencia».

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