El caso en el que tu comunidad de vecinos puede limitar las visitas de tus familiares y amigos al edificio
Estas invitaciones pueden provocar problemas entre los propietarios
Ana de Dios
Jueves, 23 de enero 2025, 07:31
Vivir en una comunidad de vecinos tiene numerosas ventajas, como el acceso a zonas comunes y servicios compartidos. Sin embargo, también puede dar lugar a conflictos, especialmente cuando se trata del uso de estas áreas por parte de los propietarios o de personas ajenas a la comunidad. Por ello, es importante conocer las normativas y limitaciones que regulan su utilización.
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Según el portal inmobiliario Idealista, la normativa vigente establece que todos los propietarios de una comunidad tienen derecho a disfrutar de las zonas comunes, siempre que este uso no perjudique a otros vecinos ni a la comunidad en general. Este derecho también aplica a los propietarios con deudas comunitarias, quienes pueden utilizar espacios como la piscina o las instalaciones deportivas, salvo que los estatutos de la comunidad indiquen lo contrario.
El acceso de personas ajenas: ¿qué dice la ley?
Un aspecto que genera debate en muchas comunidades es el acceso de personas ajenas al edificio o a las zonas comunes. Por ejemplo, propietarios que invitan a amigos o familiares a utilizar instalaciones como piscinas o pistas deportivas pueden despertar quejas entre algunos vecinos.
Ni el Código Civil ni la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) prohíben expresamente la entrada de personas ajenas al edificio. Sin embargo, para evitar conflictos, se recomienda incluir disposiciones específicas en los estatutos de la comunidad o elaborar un Reglamento de Régimen Interior, que complemente los estatutos y establezca normas claras sobre el uso y disfrute de las zonas comunes.
¿Qué regula el Reglamento de Régimen Interior?
El Reglamento de Régimen Interior es un conjunto de normas internas que no puede contradecir ni el título constitutivo ni los estatutos de la comunidad. Tampoco puede imponer restricciones sobre elementos privativos ni abordar cuestiones que la LPH reserva exclusivamente al título constitutivo, como las cuotas de participación o las actividades prohibidas. No obstante, este reglamento puede incluir medidas relacionadas con el uso de las zonas comunes, como:
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-El acceso de personas no residentes.
-El uso de instalaciones comunes, como ascensores o portales.
-Los horarios de apertura y cierre de accesos.
-Normas de convivencia, como horarios para la basura, límites de ruido por obras o tenencia de animales.
Si el Reglamento de Régimen Interior contempla restricciones, es posible limitar el acceso de personas no residentes a ciertas áreas comunes. Sin embargo, no se puede impedir la entrada de profesionales que deban realizar reparaciones o mantenimiento en el edificio.
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¿Qué sucede con la piscina comunitaria?
En comunidades que cuentan con piscina, es común que los propietarios inviten a familiares o amigos a disfrutar de esta instalación en verano. La LPH no prohíbe esta práctica, siempre que se respeten las normas de la comunidad.
-No obstante, los estatutos pueden establecer limitaciones, como:
-Restringir el número de invitados por propietario.
-Exigir que el propietario esté presente durante el uso.
-Utilizar sistemas de control de acceso, como tarjetas identificativas.
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