Un control de la Guardia Civil en una foto de archivo. LV

La DGT aclara cuál es la infracción grave por la que no piensa quitar puntos del carné

«Lo consideramos grave, antisocial e incívico, pero no acarrea riesgo para la seguridad vial», explican desde Tráfico

Europa press

Miércoles, 30 de diciembre 2020, 12:09

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado que no piensa aplicar una retirada de puntos del carné de conducir a aquellos conductores que estacionen su vehículo en plazas reservadas para personas con discapacidad. Así lo ha explicado la subsecretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea, que este martes compareció en la Comisión de Seguridad del Congreso contestando a diferentes preguntas formuladas por los partidos de la oposición.

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La cuestión sobre cuál es el motivo por el que el Gobierno no incluye la infracción de aparcar en plazas para personas con discapacidad entre las que restan puntos fue planteada por Francisco José Alcaraz, de Vox, y la respuesta fue tajante: «No tenemos la intención de llevar a las sanciones con pérdida de puntos el aparcar en las plazas reservadas destinadas a discapacitados».

Según la subsecretaria, esta decisión en el seno de la DGT no se toma «por faltas de sensibilidad, sino porque el Ministerio del Interior entiende que aquellas infracciones que llevan aparejada la retirada de puntos están reservadas a aquellas situaciones que suponen un «riesgo para la vida».

Así, desde Tráfico consideran que se pierden puntos por infracciones como el exceso de velocidad, el uso del móvil, las distracciones, el uso del cinturón de seguridad, los semáforos o los adelantamientos. «El tema del aparcamiento no se puede resolver con retirada de puntos», indicaba la subsecretaria.

Goicoechea asegura, de hecho, que desde la DGT se siguieron los criterios de la UE sobre seguridad vial, que recalcaban que había que «incluir únicamente infracciones que supongan riesgos graves en materia de seguridad vial».

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Actualmente, el estacionamiento en plazas reservadas para personas con discapacidad supone una infracción grave con sanción de 200 euros, según la Ley de Tráfico, lo que para Goicoechea representa ya «una medida disuasoria sumamente importante». «Lo consideramos grave, antisocial e incívico, pero no acarrea riesgo para la seguridad vial. Por ese motivo, aun siendo grave y teniendo la penalización, no supone la retirada de puntos», ha zanjado.

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