Sufragios y contagios
Curiosamente, el exministro y ahora candidato Illa se encuentra otra vez en el núcleo del debate, ya judicializado
Una vez más, las decisiones del Govern catalán animan, por decirlo de alguna manera, el debate político en este país. Y como siempre, cada cual a lo suyo, esto es, cada partido, tanto nacionalistas como nacionales, ha reaccionado impetrando lo que estima mejor para sus intereses electorales ante la convocatoria de 'las catalanas'. Ese es el fondo de la cuestión, los unos sostienen que buscan la protección de la salud con el extenso aplazamiento acordado y los otros que persiguen la aplicación de la legalidad.
Curiosamente, el exministro y ahora candidato Illa se encuentra otra vez en el núcleo del debate, ya judicializado. Es algo incuestionable que la popularidad y notoriedad que este profesor ha acaparado tras gestionar las sucesivas olas de la pandemia del coronavirus puede tener un buen rédito electoral en su tierra, pues no puede obviarse que la gente, sobre todo las capas básicas de la sociedad, identifican como el mejor a quien más aparece en la TV. Esto significaría un catalizador para la sección regional del partido que cogobierna España y una merma de posibilidades de triunfo para los demás, casi todos maridados con el independentismo. También sin duda para el liberal, opción política de ámbito estatal en esa parte de España que llegó a ganar allí las últimas elecciones autonómicas.
No es mi intención opinar sobre los aspectos legales o jurídicos de la polémica, pues la misma se va resolver prontamente por un alto Tribunal, el Superior de Cataluña, sino más bien revistar las situaciones a las que nos puede derivar la decisión que esa Sala adopte en Derecho.
De momento, el proceso iniciado tras la convocatoria sigue en marcha, pues cautelarmente se ha determinado ya lo que viene a ser una suspensión de la suspensión de tal mecanismo electoral, de forma que en la actualidad deben continuarse, o incluso agotarse, los sucesivos pasos del citado proceso. Obviamente, si en unos días se resuelven las impugnaciones en el sentido favorable, tras su previsible y rápido paso por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, podremos decir que aquí no ha pasado nada, lo que llevaría a votar a los catalanes el próximo 14 de febrero. Pero si la correspondiente resolución cursa por la validación del aplazamiento acordado por el Govern, las elecciones pasarán al 30 de mayo o a una fecha intermedia, con las consecuencias que ello pueda acarrear para todas las formaciones políticas.
Es de pensar que las connotaciones que dimanarían de esta última decisión evidentemente agradarían a los partidos catalanistas, que gozarían de un mayor espacio de tiempo para 'aclararse', perjudicando al PSC, que vería disminuido, precisamente por mor del paso del tiempo, aquel efecto Illa. Pero esto solo en principio, pues también tal circunstancia encierra una doble vertiente, ya que quizás ese aplazamiento pudiera incluso reforzar las expectativas de su partido si su gestión como ministro fuese aceptada por amplios sectores de la población. En esto la evolución de la epidemia hasta una fecha ulterior sería determinante.
Pero, desarrollemos el doble argumentario. Bajo la muy efectiva invocación de la necesidad de neutralizar de la mejor forma la extensión de los contagios, el Gobierno catalán defiende que sería muy imprudente votar en plena tercera ola de la pandemia, cuya virulencia es realmente feroz en aquella región. Por el contrario, los socialistas se aferran al necesario acatamiento de la legalidad vigente y sostienen que no encuentra en ella asiento la paralización del proceso ya iniciado. Sirven las dos posiciones de hábiles coberturas para el éxito de sus encontrados intereses. Y aquí estamos los administrados, una vez más, esperando que la Justicia ponga las cosas en su sitio. Insisto, sin ofrecer un particular dictamen, que nadie me lo ha pedido, opino que ambas solicitudes parecen sólidas. La de suspender y aplazar definitivamente los trámites electorales se asienta en la entendida presencia de un supuesto de fuerza mayor, siempre atendible por el Ordenamiento Jurídico, aunque ello lleve consigo una laxa hermenéutica legal, pues la ley orgánica electoral dice lo que dice y no otra cosa, pero en verdad estamos ante una fuerza de la Naturaleza, muy difícilmente controlable, como puede percibirse cada día.
Sin embargo, cierto es igualmente que las últimas elecciones catalanas no han acogido un porcentaje de votantes próximo o rayano con la totalidad de los llamados a las urnas, lo que hace suponer que las colas para ejercer ese derecho en los colegios para la ocasión instalados no superarían las que se organizan a diario en cualquier supermercado o gran almacén del país, siempre partiendo de que se guardarían escrupulosamente las medidas de seguridad adoptadas en términos generales por el propio Sr. Illa. Impedir absolutamente los contagios es imposible, pero paliar su proliferación en la medida de lo posible sí que se está consiguiendo, aun paulatina y lentamente, con aquellas medidas.
En este estado de cosas, ha de actuar el Derecho, que, como sostuvo el gran jurista Ihering, se creó para solucionar el continuo conflicto de intereses en que viven las personas y las sociedades, intereses que a veces traspasan la frontera de lo personal para adentrarse en lo colectivo, en la cosa pública. Por tanto, habrá que aguardar a la decisión de los tribunales.