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Más medios para aplicar la ley

Es importantísimo cuidar y mejorar en calidad y cantidad los equipos psicosociales de los juzgados y los servicios de atención a las víctimas

Lunes, 25 de noviembre 2019, 07:25

Dar una visión de lo que resulta para una letrada de familia la Ley de Violencia de Género, cómo se aplica y las consecuencias de su aplicación, es una tarea bastante complicada, porque también desde esta profesión, y quizá más que en otros sectores, observamos con prevención la Ley de Violencia de Género y todos sus efectos.

De antemano debo decir que en esta Región, al menos en la ciudad en la que principalmente ejerzo, Cartagena, tanto los funcionarios de la Unidad de Familia de la Comisaría de Cartagena, como los funcionarios de Justicia del Juzgado de Violencia, son personas sensibles y volcadas en su trabajo y siempre se muestran prestos a escuchar y explicar los derechos y obligaciones tanto a víctimas como a acusados. Pero los medios son escasos, desgraciadamente.

Sin embargo, esta ley, puesta en práctica, implica un despliegue de protocolos que unas veces pueden resultar injustos, otras desigualitarios y sobre todo denotan una falta absoluta de medios para acometer el problema de la violencia de género en España.

Estamos hartos de escuchar mítines políticos y consignas en defensa de la mujer maltratada y, más recientemente, nuevas políticas a favor de la derogación de la Ley actual de Violencia y en favor de una ley que no sabemos muy bien a quien defiende. Pero ninguno de esos políticos, sean del color que sean, incluyen en sus propuestas medidas para dotar a la Justicia de medios.

Partimos de que la violencia del hombre hacia la mujer existe, de que las mujeres fallecidas a manos de sus parejas, en unos pocos años, es superior a las muertes provocadas por el terrorismo. Por tanto, negar esta realidad es de necios. Por otro lado, parece injusto que la Ley de Violencia de Género no incluya protección para esas mujeres que son víctimas de la violencia machista y que no guardan una previa relación sentimental con su agresor; en estos casos también debiera haber una ley especial. Y también puede resultar injusto que frente a todo tipo de denuncia de violencia de género de una mujer hacia su pareja, se aplique un protocolo igual para todos, independientemente del hecho denunciado, lo que lleva en muchas ocasiones a la detención del denunciado y su puesta a disposición judicial, que suele ser como mínimo al día siguiente, aunque, en caso de que la denuncia caiga en festivo o día de fin de semana, la detención se prolonga hasta el siguiente día hábil.

En mi opinión, frente a una denuncia por violencia de género la víctima necesita de forma inmediata de un asesoramiento psicológico y jurídico, y el acusado precisa de poder defenderse ante la autoridad judicial de forma también inmediata.

No se comprende que, con lo sensibilizados que están los partidos políticos en esta materia, no sea prioritaria la dotación de medios a la Justicia para crear juzgados de violencia de género con funcionamiento mañana y tarde, incluyendo para ello más jueces y funcionarios en los juzgados especializados, y de esta forma víctima y acusado vean defendidos sus derechos lo antes posible y se adopten para las familias, con carácter casi inmediato, medidas que garanticen la manutención y la protección de los más vulnerables, que suelen ser los hijos menores.

Por otro lado, es importantísimo en esta dotación de medios cuidar y mejorar en calidad y cantidad los equipos psicosociales de los juzgados y los servicios de atención a las víctimas, para que lo antes posible víctima e investigado puedan ser tratados y valorados, y ello para obtener pruebas de la existencia del maltrato y no se produzca un mal uso de la ley. Por otra parte, es preciso que esto sea así para que la víctima se vea respaldada y arropada, pues cuando la mujer es víctima de un delito de maltrato, su inmediata reacción por falta de información y medios es huir, no llegar a denunciar o retirar la denuncia.

La mujer víctima de maltrato reúne unas características especiales, son mujeres con una voluntad anulada y que disculpan generalmente a su agresor. Por ello, los servicios de atención a la víctima deben acompañar a la mujer desde el mismo instante en que reúna la fuerza suficiente para poner de manifiesto su situación. Esa visita a este servicio no se puede convertir en una cita al mes siguiente para que un psicólogo valore su situación o un letrado la pueda asesorar. Esa mujer necesita de una asistencia inmediata y esa denuncia, en caso de producirse, debe tener una respuesta judicial inmediata y ello en garantía de los derechos de la mujer y del hombre.

Con una Justicia dotada de medios las denuncias falsas o interesadas para conseguir cuestiones relacionadas con custodias o subsidios no se darían porque esos sujetos de derechos y obligaciones, como son el hombre y la mujer, serían vistos por un juez, un fiscal y un equipo psicosocial de forma casi inmediata.

Por desgracia, los grandes ausentes en la Ley de Violencia son los menores, los más vulnerables. Los niños pueden llegar a sufrir maltrato sin que se active un protocolo semejante al de una mujer que denuncia. Su paso por equipos forenses que determinen su afectación por el maltrato no existe o no con la inmediatez necesaria y, por tanto, se crean situaciones injustas de desapego por alienación parental o por venganzas de sus progenitores manifestadas en los propios hijos.

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