Borrar

Ley Concursal: ¿tenemos viabilidad?

Domingo, 24 de mayo 2020, 23:23

Comenta

Les invito a lanzar una mirada al futuro. Pero, antes, resolvamos una sencilla ecuación o silogismo en Bárbara. PM: ¿Nuestras empresas y negocios eran viables antes del decreto sobre el estado de alarma? Sí. PM: ¿Necesitamos ayuda para seguir siendo viables? Sí. Conclusión: las empresas y empresarios tienen derecho y deben recibir el apoyo de todos para seguir siendo viables.

Una vez sentado este punto de partida, lo primero que debo preguntarme como empresario es qué debo hacer para salvar mi negocio. Y nada es más urgente ni imperativo que realizar un análisis de alertas tempranas para conocer mis riesgos, debilidades y fortalezas. Ello solo es posible con prevención y planificación. En concreto, es necesario contar con un plan de viabilidad (art.71 bis y Disposición Adicional 4ª de la Ley Concursal), y efectuar una valoración de la empresa en su conjunto y de las unidades productivas que la integran, bajo la hipótesis de continuidad de las operaciones. Y, en su caso, también hacer una valoración de la empresa en liquidación (art 75.2.5º LC), que es lo que se conoce como «la prueba del interés superior de los acreedores», en términos del artículo 2 de la Directiva de Reestructuración UE 2019/1023.

La razón va más allá de cumplir con la legalidad vigente, pues nos servirá sobre todo para conocer y reflejar la imagen fiel de nuestra situación patrimonial y financiera, a la vez que permitirá que las administraciones públicas conozcan el valor de la firma en funcionamiento, frente a la amenaza de liquidación.

Actuando de esa forma se consigue algo no menos importante: generar confianza. Confianza en las entidades financieras, para que sigan aportando financiación. Confianza en los proveedores, para que no cierren el grifo. Confianza en los clientes, para que se sientan debidamente atendidos. Y confianza en los propios trabajadores, que sabrán que esta empresa planifica, se prepara y es capaz de superar la crisis.

El 'escudo protector' que nos habremos agenciado actuando de esa forma radicará en la puesta en valor del negocio y en prevenir que los riesgos empresariales no acaben derivando contra la economía familiar y, por último, que no afecten al buen funcionamiento de otros empresarios, pues huelga decir que un concurso de liquidación daña gravemente a terceros y suele arrastrarlos en la caída. En suma, hay que ser honesto, tener buena fe y actuar con diligencia.

Visto desde el lado de la Administración, lo que corresponde es reclamar la redacción de esos planes de viabilidad y esas valoraciones a las mercantiles, tanto a las que están en funcionamiento como a las que se encuentran en vías de entrar en insolvencia, y seguidamente ofrecer las ayudas financieras necesarias para que esas perspectivas de funcionamiento viable se conviertan en realidad.

Deben financiar los instrumentos anteriores, e impulsar ese sistema de alertas tempranas que ya contemplaba la Ley 14/2013 de emprendedores y que ahora exige la Directiva 2019/1023. Otorgar apoyo económico, financiero y fiscal para que los negocios sigan siendo viables, con lo que se conseguirá que el dinero público invertido sea finalista y eficiente. Control, responsabilidad y nunca más un desembolso improductivo con dinero público.

Por último, el empresario debe ser consciente de que la Ley Concursal no es solo una herramienta de liquidación del negocio, pues acoge un mecanismo de protección y reestructuración con el que evitar insolvencias. Máxime cuando el BOE de fecha 7 de mayo ha publicado el Texto Refundido de la Ley Concursal, que entrará en vigor el día 30 de septiembre de 2020. Ya está publicada la Directiva de Reestructuración Preventiva y Exoneración de Deudas, con fecha 20 de junio de 2019, que si bien tiene prevista una transposición para –a más tardar–el 17 de julio de 2021, nuestros dirigentes públicos deberían acelerar y acortar los plazos, y se debe tener muy en cuenta que el día 29 de abril de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 16/2020, que ofrece un magnífico balón de oxígeno que debemos saber aprovechar.

La respuesta a la pregunta inicial aflora inevitable: ¿tenemos viabilidad? Somos y debemos ser una economía social, de empresas viables que mantengan y creen empleo, que es la única fuente de riqueza para todos, y que cuentan con el apoyo inequívoco de unas administraciones públicas previsoras y eficaces. Sí, somos viables y lo vamos a demostrar.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

laverdad Ley Concursal: ¿tenemos viabilidad?