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Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid. Jaime García

El Supremo rebaja la condena a un hombre que violó a una amiga tras una noche de fiesta en Cartagena

El Alto Tribunal confirma la pena del procesado, que sostuvo que la relación sexual fue consentida, pero entiende que ésta debe aminorarse en base a la 'ley del solo sí es sí'

Lunes, 5 de febrero 2024, 12:56

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Un hombre condenado por violar a una amiga cuando regresaban a casa tras una noche de fiesta en Cartagena ha pasado a engrosar la lista de penados que se benefician en la Región de la Ley de Garantía de la Libertad Sexual, más conocida como la ley del 'solo sí es sí'. El Tribunal Supremo ha aceptado, en parte, el recurso presentado por este hombre, al que la Audiencia Provincial impuso siete años de cárcel y, en una sentencia reciente, rebaja su pena a seis años de prisión.

El procesado se encontró con la víctima en la madrugada del 27 de agosto de 2016 en un local de ocio de Cartagena, donde tomaron alguna copa. Luego, en compañía de otros conocidos, se marcharon a otro local de la zona del puerto y más tarde a una discoteca. En torno a la cinco de la madrugada, la mujer manifestó su deseo de marcharse a casa y este amigo, según recoge la resolución, la acompañó, dirigiéndose a una parada de taxis cercana.

Cerca de ese lugar el hombre agarró fuertemente a la víctima, llevándola a un callejón. Allí la puso de espaldas, agrediéndola sexualmente mientras le decía que se callara pese a las «reiteradas negativas» de la mujer. La Audiencia, en una sentencia ahora confirmada, recalcó que la víctima se sintió intimidada por la corpulencia y superioridad física del acusado, que, tras el ataque, se marchó de la zona sin mediar palabra. La víctima sufrió lesiones en la zona vaginal y, desde que ocurrieron los hechos, ha seguido un tratamiento psicológico.

La Audiencia condenó a este hombre a siete años de cárcel y seis de libertad vigilada por un delito de agresión sexual. El procesado, que sostuvo que la relación sexual fue consentida, recurrió el fallo ante el Tribunal Supremo, pero este confirma la condena. El Alto Tribunal sí atendió, sin embargo, su petición de que la pena se viese aminorada por la 'ley del solo sí es sí'.

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