La ley sigue sin prohibir la edificación de viviendas en las zonas inundables
La Consejería dice que las nuevas Directrices del Litoral se ciñen a la normativa estatal, que permite urbanizar, con condicionantes, en áreas muy vulnerables
No se puede construir un centro de salud, un colegio, una residencia de mayores, una cárcel o una gran superficie comercial; pero la legislación estatal sí permite que se sigan edificando viviendas y urbanizaciones en zonas inundables y de intensos desagües, bajo unos condicionantes de seguridad. Los estragos causados por la reciente gota fría, con especial virulencia en los municipios del Mar Menor, y que los científicos asocian a un huracán mediterráneo, coinciden en el tiempo con la reforma de las Directrices del Litoral que lleva a cabo el Gobierno regional, y que se ciñe a las limitaciones de usos en estas zonas de alto riesgo para la población. La Consejería de Fomento e Infraestructuras sostiene que no tiene competencias para cambiar la legislación del Estado, y defiende al mismo tiempo que las nuevas Directrices, que están en fase de alegaciones, «protegen en mayor medida el litoral y son más restrictivas para urbanizar». No obstante, el Gobierno central sí permite a las comunidades autónomas que establezcan normas adicionales para limitar los usos en zonas inundables.
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El director general del Territorio y Arquitectura, Jaime Pérez Zulueta, ha heredado la 'patata caliente' del equipo anterior para cambiar las Directrices del Litoral del año 2004 y adaptarlas a la Cartografía de Zonas Inundables que aprobó el Gobierno de la nación en 2013. Recalcó que para autorizar cualquier uso son determinantes los informes de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), que pueden ser favorables o desfavorables, lo cual condiciona los permisos y licencias.
Tensiones en los despachos
Un portavoz de la CHS apuntó ayer que la misión del organismo de cuenca consiste en informar, para que las administraciones competentes en materia urbanística lo tengan en cuenta a la hora de planificar el territorio y conceder o denegar las autorizaciones. Apostilló que la cartografía de zonas inundables es pública y está al alcance de todo el mundo. En este sentido, el presidente de la CHS, Mario Urrea, declaró el pasado domingo a 'La Verdad' que es partidario de una moratoria para corregir los excesos del urbanismo. «Es un tema de competencias; cuando se trata de la ordenación del territorio, advertimos de los riesgos de inundación y comunicamos cuáles son los usos permitidos. Ellos son los que tienen que cumplirlos», dijo en referencia a los ayuntamientos. Reveló que se producen «tensiones muy fuertes». «Señalamos que deben existir actuaciones de protección y, claro, se encarece muchísimo el desarrollo urbano y nos genera esas tensiones», explicó.
No se permite construir colegios, centros de salud y superficies comerciales, pero sí viviendas
La realidad es que, de acuerdo con la legislación, no se prohíbe construir viviendas en las zonas inundables o expuestas a los flujos preferentes, algo más cortas en extensión, pero que producen también graves daños sobre los bienes y personas, como se ha comprobado en la atroz gota fría que ha arrasado de nuevo el municipio de Los Alcázares y causado estragos en otras poblaciones.
Los promotores deben hacer una «declaración responsable» del riesgo de inundaciones e informar al comprador
Las limitaciones de usos en estas zonas, que se aplican a nivel estatal, establecen condicionantes de seguridad para poder construir viviendas y urbanizaciones. Si se trata de suelo urbanizado, la parte destinada a vivienda debe estar a una cota que no se vea afectada por una avenida con un periodo de 500 años de retorno. Si se trata de municipios con una alta inundabilidad, como el de Los Alcázares, la edificación está permitida, pero fuera de la zona de policía del dominio público hidráulico, que es de 100 metros en cada margen del cauce. A causa de la dinámica de las ramblas del Albujón y la Maraña, el municipio de Los Alcázares sufre graves inundaciones en periodos muy cortos, por lo que no hay que remitirse a un horizonte de retorno de 500 años para sufrir estos episodios. Una vulnerabilidad similar afecta a San Javier y Torre Pacheco.
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Dos consideraciones
La normativa estatal sobre zonas inundables que aprobó el Ministerio de Agricultura, Agua y Medio Ambiente en el año 2013 se basa en la Directiva de Inundaciones, la Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y hace dos consideraciones sobre los riesgos. Destaca que las comunidades autónomas «pueden establecer normas adicionales en las limitaciones de usos en zonas inundables de acuerdo con sus competencias de ordenación del territorio». En el año 2016, la Región de Murcia no estaba entre ellas.
Los gobiernos regionales sí pueden legislar para limitar los usos; Murcia no lo había hecho en 2016
Al mismo tiempo, la normativa deposita la responsabilidad en el promotor y en el comprador de la vivienda. Es decir, pone como «requisito adicional» que el promotor suscriba en algunos casos «una declaración responsable» ante la CHS, «en la que expresa que conoce y asume el riesgo existente, comprometiéndose a trasladar esa información a los posibles afectados». También se debe inscribir en el Registro de la Propiedad una anotación indicando que la construcción se encuentra en zona de flujo preferente o inundable.
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