Gloria Poyatos: «El ordenamiento jurídico tiene género, y no es el femenino»
La magistrada habla hoy en las jornadas de Derecho Social que celebra la UMU
La juez Gloria Poyatos, magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, es presidenta y una de las fundadoras de la Asociación de Mujeres Juezas de España, integrada en la entidad mundial que reúne a 5.000 magistradas de 83 países. Su colectivo pelea para que la Justicia española aplique la mirada de género. Hoy detalla en Murcia la «técnica y metodología» que reclama como ineludible para impartir justicia con perspectiva de género.
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-Las jornadas en las que participa hoy en Murcia quieren ser un avance 'Hacia un Derecho Social con perspectiva de género'. ¿En qué se traduce esa vocación?
- El Derecho Social engloba todo lo que es el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, todas las relaciones existentes entre empresa, la persona trabajadora, acceso a las pensiones... Añadir la perspectiva de género supone integrarla en un derecho que históricamente se ha esculpido de espaldas a la perspectiva de género, partiendo de un concepto de productividad que ha despreciado, por ejemplo, el trabajo de los cuidados, imprescindible para la sociedad, para la economía y para la vida misma, y sin el cual no puede funcionar nada. A pesar de ello ha sido invisibilizado por el sistema, y las personas que llevan a la práctica los cuidados, sean mujeres u hombres, son discriminadas por el propio derecho, por el propio ordenamiento jurídico, que tiene género, y no es el femenino.
-Defiende la necesidad de juzgar con perspectiva de género, e incluso se refiere a una técnica. ¿En qué consiste?
-Es una metodología, porque pretende una actuación judicial distinta a lo que es la propia inercia en el pensamiento y la toma de decisiones. Lo que se propone desde la justicia con perspectiva de género es integrar esa perspectiva en la toma de decisiones judiciales para detectar y franquear los estereotipos y prejuicios en esas resoluciones, y para visibilizar las asimetrías de género que imperan en nuestro ordenamiento jurídico. Juzgar con perspectiva de género es una técnica de análisis jurídico contextualizada conforme al principio 'pro persona', una búsqueda constante de soluciones justas ante situaciones desiguales de género. Eso requiere que el juez o la jueza piensen lento; para detectar los estereotipos hay que pararse, detectarlos, franquearlos y por último compensar la situación de discriminación, si la hay. Esto no se puede hacer de forma inercética porque los jueces y las juezas nacemos en la misma sociedad estereotipada, y no somos inmunes. Los estereotipos son inmunes a las leyes, pero quienes juzgamos, no. Por tanto es muy importante que los jueces y juezas estemos en alerta constante para evitar que los estereotipos penetren nuestras decisiones; en caso contrario, podemos convertir las sentencias en armas de discriminación institucional.
-¿Y cómo hacen ese cribado de estereotipos?
-Yo soy la primera que tengo que hacer un gran esfuerzo por no volcar estereotipos en las propuestas de sentencias que hago en mi sala. Cuando detecto que puede haber un estereotipo comprometido en el caso, dejo el asunto y lo pienso con tranquilidad, hasta que lo detecto. A partir de ahí me es mucho más fácil buscar soluciones jurídicas que integren esa perspectiva de género equilibradora.
-Es proceso se podría aplicar a cualquier otro sector de la población al que solemos adjudicar estereotipos, como los inmigrantes, los ancianos, los homosexuales, los ricos...
-Sí, totalmente. Los estereotipos no solo funcionan con el género, funcionan con otros tipos de discriminación por razón de edad, de origen racial, de orientación sexual... El funcionamiento es común porque son elementos cognitivos irracionales, son creencias generalizadas por las que adjudicamos características a las personas integrantes de un grupo. Pretenden un ahorro cognitivo y perpetuar el orden social establecido, y esta metodología funciona para cualquiera de esos estereotipos. La perspectiva de género, además, puede aplicarse tanto a mujeres como a hombres, que pueden ser discriminados cuando asumen roles vinculados a la mujer, como el papel de cuidador. En ese momento sufren la misma discriminación en el seno de una relación laboral que la mujer.
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-Los hombres también pueden sufrirla cuando se aplican medidas de discriminación positiva...
-No, lo que pretenden las medidas de acción positiva es igualar a quienes están en situación social de desventaja, y una acción positiva no discrimina. Jurídicamente, es una medida temporal ante una situación de desigualdad de origen, y lo que pretende es acelerar el proceso de igualdad real.
-Otorgar a la justicia una perspectiva, sea la que sea, ¿no supone atentar contra la base misma de la justicia, a la que suponemos ciega?
-Precisamente porque es ciega tienes que equilibrar posiciones que son de salida desiguales. El Derecho Laboral, por ejemplo, es tuitivo, lo que quiere decir que el propio derecho protege a la parte vulnerable del contrato laboral, que se entiende que es la persona trabajadora. Nuestro Derecho Laboral tiene numerosos ejemplos en los que se decanta a favor de quien se considera más débil. De igual modo quienes juzgamos, ante interpretaciones dudosas, tenemos que tener presente ese principio protector del derecho del trabajo, es decir de la parte trabajadora. ¿Alguien se ha cuestionado que el Derecho Laboral vaya contra el principio de igualdad? Pues en el caso de las mujeres, lo mismo. Si piensas en pobreza, las mujeres estadísticamente son más pobres; si piensan en empleo, son más desempleadas, y si piensas en violencia, son más víctimas. Y si estos argumentos no te convencen, hay que hacerlo porque lo dice la ley. La Ley Orgánica de Igualdad Efectiva ordena la integración de la perspectiva de género en la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico a todos los poderes del Estado, lo establecen tratados internacionales firmados por España a través del principio de diligencia debida.
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-¿Hay una justicia para hombres y otra para mujeres?
-Hay un derecho que tiene género, y no es el femenino. Los códigos y la interpretación de esos códigos... La ley se ha diseñado a través del modelo de los hombres. Hay ejemplos en toda la legislación.
- Recientemente se ha planteado integrar el acoso laboral como violencia de género. ¿Qué le parece?
-Entra en lógica y en coherencia con lo establecido en los tratados internacionales firmados por España. Debió integrarse en la Ley de Violencia de Género.
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- ¿Y si el acosado en el trabajo es un hombre?
- No es el caso porque la posición de la mujer respecto al hombre no es la misma estructural y sistémicamente. Las mujeres parten de una posición distinta. Es una cuestión colectiva que marcan las estadísticas, que dicen que es desproporcionado el impacto del acoso sexual en las mujeres respecto a los hombres. Por lo tanto, el colectivo a proteger son las mujeres, porque son las más expuestas.
-La sentencia de 'La Manada' reabrió el debate sobre la oportunidad de modificar el Código Penal para reforzar los delitos contra la libertad sexual. ¿Es partidaria?
-Yo no soy partidaria de aumentar las penas, pero sí de integrar la perspectiva de género en todos los códigos. El Código Penal es un ejemplo de norma carente de perspectiva de género, y la sentencia de 'La Manada' lo visibilizó socialmente. Si tenemos en cuenta que las mujeres son socializadas para la dependencia y la sumisión, y los hombres para el mando y la autoridad, ante una situación de miedo, es más probable que una mujer reaccione con sumisión y un hombre con violencia. Por tanto, si la pena a aplicar es superior cuando hay una respuesta con violencia, estás protegiendo más a un sector de la población que es más probable que reaccione con violencia.
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-La paridad ronda al sector judicial, con casi un 50% de mujeres jueces y fiscales, pero la presencia femenina, abultada en los juzgados de primera instancia e instrucción, baja en órganos superiores. ¿Es una cuestión de edad, llegarán en unos años?
-No estoy de acuerdo con que sea un problema de tiempo porque ya acceden magistrados con una edad que ronda los 50 años al Supremo. Es un problema de estereotipos y prejuicios. A la hora de seleccionar, hay un prejuicio que es la inferioridad intelectual de la mujer, que juega en contra de su promoción.
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Juristas y expertos debaten sobre trabajo y pensiones
La Universidad de Murcia celebra desde esta tarde el primer congreso 'Hacia un Derecho Social con perspectiva de género', que contará con la intervención de profesionales del ámbito académico y de la judicatura, que abordarán cuestiones centrales del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde una perspectiva de género, «en el entendimiento de que alcanzar la igualdad real es uno de los grandes retos de la sociedad del siglo XXI». La juez Gloria Poyatos participará mediante videoconferencia.
El congreso ha sido organizado por la Escuela de Práctica Laboral de la Facultad de Ciencias del Trabajo de la UMU, el Colegio de Graduados Sociales de Murcia, y el grupo de innovación docente 'Innovación Metodológicas y Buenas Prácticas Docentes con perspectiva de Género' de la UMU. Los expertos abordarán durante las dos jornadas cuestiones como el reto de la igualdad en las pensiones, los riesgos psicosociales y la corresponsabilidad como «presupuesto de la igualdad real», entre otras cuestiones.
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