El Ministerio impugnó la ley del Mar Menor en contra del criterio del Consejo de Estado
El principal órgano consultivo de la nación advirtió en su dictamen de que los dos artículos sobre la restitución de cultivos son constitucionales
El Gobierno de la nación interpuso el recurso de inconstitucionalidad contra dos artículos relevantes de la ley regional de protección del Mar Menor ... en contra del criterio del Consejo de Estado, el máximo órgano consultivo de la nación, según figura en el dictamen al que ha tenido acceso LA VERDAD.
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El Consejo desmonta los argumentos del Ejecutivo, considera que la ley regional no vulnera competencias estatales y que no desprotege la laguna. Los preceptos recurridos (varios apartados de los artículos 33 y 34) se refieren a las competencias para la restitución de los cultivos ilegales del Campo de Cartagena a su estado original.
La presidenta del Consejo de Estado, María Teresa Fernández de la Vega –que fue vicepresidenta primera del Gobierno en la etapa de Rodríguez Zapatero– firmó el dictamen el 12 de mayo indicando que «no se aprecian fundamentos jurídicos» para presentar el recurso ante el Tribunal Constitucional, y lo envió a la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez. Esta última informó al día siguiente, el 13 de mayo, que el Gobierno había consultado al Consejo de Estado sobre la conveniencia de presentar el recurso de inconstitucionalidad, y que dicho dictamen ya había sido emitido, pero que en ese momento no era público. No obstante, el Gobierno ya sabía que el dictamen era contrario a sus pretensiones. Las resoluciones del Consejo de Estado no son vinculantes, pero prácticamente el 99% de ellas son secundadas por los organismos consultantes, algo que no ha sucedido en este caso referido al Mar Menor.
La exvicepresidenta Fernández de la Vega dice que la ley regional no desprotege la laguna y no invade competencias
Ignoró el dictamen
Los miembros de la Comisión Permanente del Consejo de Estado examinaron, con «carácter urgente», la iniciativa del Gobierno de la nación para presentar el recurso de inconstitucionalidad contra varios preceptos de la ley autonómica del Mar Menor –en concreto las modificaciones de los artículos 33 y 34 de dicha norma– referidos a la restitución de los cultivos ilegales, por considerar que invaden competencias del Estado.
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El Consejo desmonta los argumentos del Gobierno central y señala que la CHS debe sancionar el uso ilegal de agua previamente
El 24 de mayo, y en contra del criterio del Consejo de Estado, el Consejo de Ministros acordó acudir al Constitucional, alegando que la norma autonómica «dificulta, reduce y dilata» los procesos en manos del Gobierno regional para la restitución de los terrenos afectados a su estado natural. Consideró también que se limita la protección de la laguna, y que condiciona dicha restitución a una actuación previa de la CHS de prohibición y sanción del regadío ilegal. Sobre esta base, recurrió alegando que se produce una invasión o menoscabo de las competencias estatales y que se aplica un nivel de protección del medio ambiente, en concreto del Mar Menor, inferior al adecuado. El Constitucional admitió el recurso a trámite el 30 de junio.
Obligación de la CHS
El dictamen del Consejo de Estado desmonta los planteamientos del Gobierno de la nación, y considera necesaria la actuación previa de la Confederación Hidrográfica del Segura. Recuerda que el otorgamiento, cese o prohibición de cualquier actividad relacionada con el dominio público hidráulico «corresponde en exclusiva al organismo de cuenca, de manera que parece razonable que la Comunidad autónoma verifique la vigencia o la extinción del derecho de aprovechamiento de agua para el regadío de los terrenos que se propone restituir antes de acometer cualquier actuación en los mismos». Recalca que es «razonable» y «necesario» que la CHS deba verificar previamente que los riegos ilegales no tienen derecho de agua.
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Asimismo, destaca que «la Región de Murcia no invade competencias estatales, sino que se somete a ellas de forma expresa, limitando sus facultades de actuación a la previa comprobación del estado de los recursos sobre los que va a intervenir». Igualmente, resalta que del contenido de la ley regional «no se deduce una menor protección del medio ambiente». Tampoco aprecia que se vulneren la Constitución ni el principio de seguridad jurídica. Concluye el dictamen con que «no se aprecian fundamentos jurídicos para la interposición del recurso de inconstitucionalidad».
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