Revés jurídico al decreto de admisión de alumnos que esquiva la 'ley Celaá'
El Consejo reprocha al Ejecutivo regional que eluda el criterio de la Lomloe de buscar el centro más cercano al domicilio del alumno
El proyecto del decreto que debe contener las nuevas condiciones que regularán la admisión de alumnos en colegios e institutos redactado por la Consejería ... de Educación ha recibido un duro varapalo por parte del Consejo Jurídico de la Región, que reprueba en su dictamen el texto, tanto en el fondo como en la forma, y carga contra las cuestiones fundamentales de la norma. Con todo, el Consejo, que realiza observaciones «esenciales» que deberían corregirse, concluye que «el procedimiento de elaboración se ha ajustado, en términos generales, a las normas que lo rigen».
El Consejo Jurídico pone reparos –como ya hizo en su día también el Consejo Escolar– a la regulación regional, que debía desarrollar los cambios que introduce la 'ley Celaá' en cuanto a la admisión de alumnos en los colegios e institutos. El dictamen viene a reprochar, a través de varias correcciones a la Consejería de Educación, que su desarrollo no garantiza el cumplimiento del objetivo fundamental de la Lomloe, que es que los alumnos estudien en los centros educativos más próximos a su domicilio para lograr, así, un reparto más equitativo y heterogéneo, ya que no delimita las zonas que deberían concretar cada área y plantea que la zonificación aplicada el pasado curso, que establece que cada municipio es un área escolar, se aplique de forma transitoria.
Desde el momento en que se aprobó la 'ley Celaá', el Gobierno regional mostró su determinación de anular sus efectos en la Región, bordeando el reglamento para, argumentó en su día, «garantizar la libertad de elección de centro». Con ese propósito, el pasado año adelantó el proceso de admisión para esquivar las nuevas normas y, posteriormente, redactó un decreto que evita a toda costa cumplir con el espíritu de la Lomloe, que pasa por eliminar el distrito único.
El órgano consultivo recrimina que la norma no se llegó a publicar en el Portal de Transparencia
El dictamen del Consejo Jurídico, que es preceptivo pero no vinculante, coincide además en algunas de sus recriminaciones al proyecto de decreto con las planteadas por los propios Servicios Jurídicos de la Consejería de Educación y por el Consejo Escolar de la Región, que ya enmendaron en su día cuestiones incluidas en la normativa.
En su dictamen, el Consejo Jurídico corrige dos aspectos fundamentales de la normativa redactada por la Consejería: los referidos a la zonificación y al baremo de puntos que se utiliza para repartir las plazas cuando los centros tienen más demanda que oferta. Sobre la primera cuestión, el Ministerio de Educación plantea en la Lomloe que el criterio principal para adjudicar una plaza debe ser la cercanía al domicilio del alumno. Así, pretende una distribución más equitativa de los escolares entre las redes concertada y pública. La Administración regional se mostró desde el principio contraria a ese reparto e hizo bandera de la «libertad de elección de centro» para argumentar su oposición.
Para esquivar el espíritu de ese precepto, Educación elaboró un proyecto de decreto en el que la mayor puntuación en el baremo se otorga al alumno por su domicilio, sin embargo esa zonificación no se concreta y se establece que la Consejería establecerá esas áreas cada año.
El Consejo Jurídico lo critica en su dictamen y, entre las consideraciones que plantea como «esenciales», reprocha que no se haya delimitado esa zonificación para la admisión en los colegios, cuando «reviste la naturaleza de herramienta esencial para que todo el sistema de admisión cumpla con las finalidades y garantías de la ley, singularmente, la libertad de elección por las familias, pero también el acceso a la educación en condiciones de igualdad y la evitación de cualquier tipo de segregación...». Por esa razón, esgrime el órgano consultivo, «debería establecer y predeterminar los criterios a los que habrá de sujetarse la delimitación de las zonas».
ALGUNAS CONSIDERACIONES
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Zonificación: «Convierte en inoperante el criterio» El proyecto de decreto de Educación «debería predeterminar los criterios a los que habrá de sujetarse el establecimiento de zonas escolares». Además, critica el Consejo, la zonificación aplicada el pasado año por municipios, que se pretende recuperar, «convierte en absolutamente inoperante el criterio prioritario de proximidad».
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Baremos: Criterios no prioritarios como prioritarios El Consejo Jurídico reprocha que «procede corregir la enumeración de los criterios prioritarios y complementarios, de modo que entre los primeros no se incluyan aquellos que la ley califica, aún de modo implícito y por exclusión, como no prioritarios, que habrán de ser tenidos en cuenta en el procedimiento de admisión como complementarios».
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Procedimiento: «No ha cumplimentado la consulta pública» Aunque «con carácter general se han respetado las normas que rigen el procedimiento», el Consejo Jurídico explicita que «se constata que no se ha cumplimentado el trámite de consulta pública previa. Si bien la Consejería remite la consulta, no consta que se le llegara a dar difusión mediante su publicación en el Portal de Transparencia».
Las pegas del Consejo Jurídico arremeten también contra los criterios establecidos en el proyecto para el baremo, que debe distinguir entre prioritarios y complementarios. Entre los primeros, la Lomloe marca que deben regir la existencia de hermanos en el mismo centro, la proximidad del domicilio y la renta per cápita. Sin embargo, el proyecto de decreto redactado por la Consejería de Educación «no se ajusta de forma estricta a la clasificación establecida por la norma básica, pues, junto a los tres criterios establecidos de forma expresa, incorpora, también como prioritarios, otros como la condición de familia numerosa, la discapacidad del alumno o sus progenitores y que los padres trabajen en el centro solicitado». Así, el Consejo Jurídico reclama a la Administración regional que corrija el apartado referido a los criterios prioritarios y complementarios «de modo que entre los primeros no se incluyan aquellos que la LOE califica como no prioritarios». En cualquier caso, insiste el órgano consultivo, debe revisarse el baremo «para que ningún criterio no prioritario según la norma básica (la Lomloe) obtenga una ponderación superior a uno declarado prioritario».
Las reprobaciones al texto de la Consejería de Educación no se limitan al fondo del asunto, sino que también critican algunos pasos del procedimiento. Así, el órgano consultivo recrimina a Educación que «debe suprimirse la mención al trámite de consulta pública como expresivo del cumplimiento del principio de transparencia, pues si bien se remitió la consulta para su difusión pública, esta no llegó a realizarse en la práctica, por lo que en nada contribuye al respeto de dicho principio que por el órgano impulsor de la iniciativa normativa se enviara la consulta a la Oficina de Transparencia si finalmente no alcanzó el fin participativo que la anima, al no ser objeto de publicación».
También el Consejo Escolar
Las recriminaciones del Consejo Jurídico se suman a las que en su día realizó el Consejo Escolar, muchas de las cuales fueron solventadas, como que la condición de persona con discapacidad volviera a ser un criterio prioritario (y por tanto, con más peso en el baremo) y no quede fijado como criterio complementario, ahora objeto de reproche.
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Además de las cuestiones de fondo, el Consejo Escolar corregía a la Comunidad unos cuantos aspectos de forma: le sugirió «revisar el uso de comillas de apertura y cierre» y le pidió que «la palabra 'Consejería' se escriba con letra inicial en mayúscula por referirse, en todos los casos, a la misma institución». El dictamen del Consejo Escolar hizo, además, una 'enmienda' a la totalidad sobre el borrador de decreto, ya que le reclamó que, «para una mayor claridad, consideramos que habría sido conveniente la redacción de un nuevo decreto», en lugar de una modificación.
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