Condenan a una entidad bancaria a pagar 5.977 euros a una clienta víctima de estafa
Recibía llamadas y mensajes que simulaban proceder de la compañía, en las que se le instó a transferir sus fondos a una supuesta cuenta de su titularidad
LA VERDAD
Viernes, 26 de septiembre 2025, 10:59
El Juzgado de Primera Instancia 8 de Murcia ha condenado a la entidad BBVA a devolver a una clienta la cantidad de 5.977 euros, más los intereses legales desde la fecha del cargo, tras considerar acreditado que fue víctima de una estafa bancaria en junio de 2023. La resolución declaró el incumplimiento del contrato de cuenta bancaria y de los anexos de servicios de pago y banca a distancia suscritos entre la actora y la entidad, al entender que el banco fue responsable en la incorrecta ejecución de las operaciones realizadas contra la cuenta de la actora.
Publicidad
Según los hechos probados, la clienta recibió llamadas y mensajes que simulaban proceder de la entidad, en las que se le instó a transferir sus fondos a una supuesta cuenta de su titularidad en el mismo banco para evitar un intento de usurpación. «La operativa fue tan completa en cuanto a su apariencia de autenticidad que no se le puede exigir a la actora una diligencia mayor», señaló la sentencia, que descarta la existencia de negligencia grave por parte de la usuaria.
El fallo cita la doctrina del Tribunal Supremo para un caso de fraude por usurpación de las claves y retirada de fondos, que establece que en caso de operaciones de pago no autorizadas «el proveedor de servicios de pago deberá devolver inmediatamente el importe de dicha operación al ordenante», salvo que se acredite fraude o negligencia grave del usuario. El magistrado entiende que ha de aplicarse no sólo al denominado 'phishing', que consiste en la utilización de medios de pago sin la voluntad del usuario de banca, sino también al que lo hace de forma equivocada por engaño o estafa. En ambos casos, se aclara que, «la verdadera voluntad del usuario de banca es no mover el dinero de su cuenta».
El juez apreció, además, deficiencias en los sistemas de control de la entidad: «No es de recibo que lleguen transferencias a cuentas corrientes con beneficiarios que son distintos al titular de la cuenta, permitiendo que el titular disponga fácilmente de dicho dinero, esas prácticas deben erradicarse para evitar estos fraudes». También destacó la falta de respuesta eficaz a las peticiones de la afectada de bloquear las operaciones en el mismo día de los hechos, apuntando que, al darse cuenta del engaño, llamó a la entidad para que retrotrajeran las transferencias y mandó correos electrónicos en el mismo sentido. En consecuencia, el juzgado condenó a BBVA a abonar a la demandante la cantidad reclamada de 5.977 euros, más los intereses legales, así como al pago de las costas procesales.
Prueba LA VERDAD+: Un mes gratis
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión